La declaración de IRPF es anual, es decir: se hace una sola con todos los datos del año. Si los sres. están divorciados desde el 6 de junio del 23, la declaración individual de cada uno reflejará la situación familiar a fecha de devengo del impuesto: estado civil divorciado. Aunque antes, en ese mismo año, hayan estado casados. Es como quien tiene un hijo durante el año: a 31 de diciembre ya lo tiene, y lo refleja en la declaración, aunque, en algún momento del año no lo tenía.
Si la AEAT quiere saber cuándo se ha producido el cambio, ya pedirá que se aporte la sentencia de divorcio en un requerimiento.