#1
Deducción ascendientes en NAVARRA
Buenos días,
Según el IRPF de Navarra:
Según el IRPF de Navarra:
a) Deducción por ascendientes.
Por cada ascendiente que conviva con el sujeto pasivo y no obtenga rentas anuales superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), excluidas las exentas, una de las siguientes cuantías:
- 249 euros cuando el ascendiente tenga una edad igual o superior a 65 años o cuando, teniendo una edad inferior, genere el derecho a aplicar la deducción por ascendiente con discapacidad.
- 551 euros cuando el ascendiente tenga una edad igual o superior a 75 años.
Si tales ascendientes forman parte de una unidad familiar, el límite de rentas previsto en esta letra será el doble del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para el conjunto de la unidad familiar. Se considerará que conviven con el sujeto pasivo los ascendientes que, dependiendo económicamente del mismo, estén internados en centros especializados.
Planteamiento:
Los padres presentan declaración conjunta pero no llega al doble del IPREM. Estos viven con sus hijos en casa de los hijos (los hijos son los propietarios de la vivienda). Los hijos pueden aplicar esta deducción por ascendientes? Si es así, en qué porcentaje? Por ejemplo: 2 hijos: cada hijo tiene derecho a la deducción de ambos padres o aplica un ascendiente y el otro aplica el otro ascendiente?
Muchas gracias.
Planteamiento:
Los padres presentan declaración conjunta pero no llega al doble del IPREM. Estos viven con sus hijos en casa de los hijos (los hijos son los propietarios de la vivienda). Los hijos pueden aplicar esta deducción por ascendientes? Si es así, en qué porcentaje? Por ejemplo: 2 hijos: cada hijo tiene derecho a la deducción de ambos padres o aplica un ascendiente y el otro aplica el otro ascendiente?
Muchas gracias.