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Ayuda caso sobre IVA
Hola, tengo el siguiente caso planteado en una formacion sobre fiscalidad, pero tengo dudas sobre el:
El 2 de mayo “MUMESA”, adquirió una máquina para trabajar la madera a una empresa norteamericana que será instalada en la fábrica de muebles de Madrid. El valor de la máquina es de 140.000 euros, condiciones de entrega CIF Madrid y además se pagan 540 euros del embalaje de la máquina. El proveedor que monta la máquina en la fábrica de Madrid, especifica que en el importe de 140.00 euros se incluye la asistencia técnica que presta uno de sus ingenieros durante los 15 días posteriores al montaje de la máquina en Madrid. Esta asistencia técnica, según contrato, se valora en 3. 800 euros.
Los derechos de importación de la máquina son del 10%.
Los gastos de descarga de la máquina en Madrid ascienden a 650 euros.
El despacho de importación se efectúa en la aduana de Madrid el 10 de junio.
Los gravámenes correspondientes a esta importación se ingresan en dicha aduana el 30 de junio de 201X .
Entiendo que la maquinaria al provenir de una adquisicion a un tercer pais se trata de una importacion que no es gravada al IVA. Sin embargo tengo dudas con
los 3.800 euros de la asistencia tecnica si deberian ser deducibles y como proceder con los derechos de importacion y los gastos de descarga.
El 2 de mayo “MUMESA”, adquirió una máquina para trabajar la madera a una empresa norteamericana que será instalada en la fábrica de muebles de Madrid. El valor de la máquina es de 140.000 euros, condiciones de entrega CIF Madrid y además se pagan 540 euros del embalaje de la máquina. El proveedor que monta la máquina en la fábrica de Madrid, especifica que en el importe de 140.00 euros se incluye la asistencia técnica que presta uno de sus ingenieros durante los 15 días posteriores al montaje de la máquina en Madrid. Esta asistencia técnica, según contrato, se valora en 3. 800 euros.
Los derechos de importación de la máquina son del 10%.
Los gastos de descarga de la máquina en Madrid ascienden a 650 euros.
El despacho de importación se efectúa en la aduana de Madrid el 10 de junio.
Los gravámenes correspondientes a esta importación se ingresan en dicha aduana el 30 de junio de 201X .
Entiendo que la maquinaria al provenir de una adquisicion a un tercer pais se trata de una importacion que no es gravada al IVA. Sin embargo tengo dudas con
los 3.800 euros de la asistencia tecnica si deberian ser deducibles y como proceder con los derechos de importacion y los gastos de descarga.