Acceder

Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

2,45K respuestas
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
26 suscriptores
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Página
102 / 170
#1516

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Para sancionar, en principio, se deben dar unas situaciones, como culpabilidad... y no sé qué más. 

Hay un margen de subjetividad, al menos en principio...

Por eso es dudoso...
#1517

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Entérate bien si se puede rectificar la modalidad individual o conjunta de una declaración. Recuerdo que antes no se podía pero creo haber leído recientemente algo de que ya se puede.

En caso afirmativo puedes dejar que hacienda haga la individual del formulario y luego rectificar poniendo conjunta. Ya es un tema que no sé con seguridad. Investiga si es posible ahora cambiar la modalidad.
------------------------------------- ChatGPT
Sí, es posible rectificar una declaración de la renta ya presentada para cambiar la modalidad de individual a conjunta, pero hay ciertas condiciones y plazos que debes tener en cuenta. A continuación, te detallo los pasos y aspectos importantes:

### Plazo para la rectificación
Para cambiar la modalidad de una declaración individual a conjunta, la solicitud de rectificación debe hacerse dentro del período de declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), que normalmente finaliza el 30 de junio del año siguiente al ejercicio fiscal que se declara.

### Proceso de rectificación
1. **Presentación de una nueva declaración**: Tendrás que presentar una nueva declaración de la renta en la modalidad conjunta. Esta nueva declaración sustituirá a la anterior. Puedes hacerlo a través de la plataforma Renta WEB de la Agencia Tributaria.
   
2. **Solicitud de rectificación**: Junto con la nueva declaración conjunta, es recomendable presentar una solicitud de rectificación de la declaración anterior para formalizar el cambio de modalidad. Esto puede hacerse a través del portal de la Agencia Tributaria o mediante escrito dirigido a la delegación correspondiente.

3. **Documentación**: En algunos casos, Hacienda podría requerir documentación adicional para verificar la situación familiar y económica que justifica el cambio a la modalidad conjunta.

### Consecuencias de la rectificación
- **Resultados diferentes**: Cambiar la modalidad de individual a conjunta puede alterar el resultado de la declaración, ya sea a pagar o a devolver. Si el resultado de la nueva declaración conjunta es más favorable (por ejemplo, a devolver una mayor cantidad o a pagar una menor), Hacienda podría requerir una revisión adicional antes de aprobar la rectificación.

- **Sanciones y recargos**: Si el cambio se realiza dentro del período de declaración y de manera voluntaria, no debería haber sanciones ni recargos. Sin embargo, si se detecta algún error u omisión significativa, Hacienda podría aplicar sanciones.

### Recomendaciones
- **Asesoramiento profesional**: Dada la complejidad de la normativa fiscal y los posibles impactos económicos de cambiar de modalidad, es recomendable consultar con un asesor fiscal o gestor administrativo para asegurarse de que el proceso se realiza correctamente y optimizar los beneficios fiscales.

- **Verificación de datos**: Asegúrate de que todos los datos incluidos en la nueva declaración conjunta sean correctos y estén completos para evitar problemas futuros con Hacienda.

En resumen, es posible rectificar una declaración de la renta presentada y cambiar la modalidad de individual a conjunta, siempre que se haga dentro del plazo establecido y siguiendo el procedimiento adecuado.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#1518

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Sí, lo estudié... y, como bien dices, es un tema complicado. El criterio es que no se puede modificar la modalidad de declaración, individual o conjunta, si ya ha pasado el plazo de presentación.

Por eso, por esa vía, está el tema jodid... también.
#1519

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pues no, porque le han, nos han estado robando un monton de años.
Esta caterva de inutiles, deficientes intelectuales que nos han gobenado y nos gobierna, estos ultimos con master de inutiles  paniaguados 
#1520

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF


Por eso... como para fiarse de esta gente...
#1523

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Si ayer se lo ingresaron a mi madre, pero no he recibido ninguna notificación ni nada por el estilo, eso sí el ingreso se lo han echo en cuatro veces un ingreso por cada año.
#1524

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

@ciudadano-unoe
Encelente artículo en el que se aclara todo: https://www.jorgecortesabogado.es/el-teac-permite-cambiar-la-opcion-de-tributacion-individual-o-conjunta-declarada-en-el-irpf-de-anos-anteriores/

Parece que sí se podría rectificar la modalidad individual/conjunta si aparecen nuevas deducciones que no existían cuando se presentó la renta como el ejemplo que se cita de la discapacidad. No habla específicamente del ajuste mutua ya que es algo muy nuevo pero sería totalmente asimilable.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#1525

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Acabo de entrar en la app ha mirar los datis fiscales de años anteriores para ver  y ayer me dejo  verlos y ahora me dice que no estan dispinibles y los de este año tampoco,que en los proximos dias estaran.a alguien mas le pasa?
#1526

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo también lo he visto en todos los años fiscales. Estarán tocando cosas.... A ver mañana si ya sale ajuste mutualidades otros años. A alguien les han devuelto años 19/20/21/22?? 
#1527

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias
#1528

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Buenos días cuando la hizo ya que a mi madre se lo hice el 26 de marzo y aún no sabemos nada de nada !! 
#1529

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 

La devolución a los mutualistas hace un roto de más de 700 millones a las diputaciones vascas


Hay al menos 263.000 afectados y el coste supone todo el incremento de recaudación por impuestos previsto para 2024 

https://www.elcorreo.com/economia/devolucion-mutualistas-roto-700-millones-diputaciones-vascas-20240710112240-nt_amp.html
#1530

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 Los impagos a las renovables provocan un nuevo dolor de cabeza al Gobierno. La justicia belga ha decidido embargar otros 32 millones de euros a España, que sigue sin hacer frente a los laudos que reconocen indemnizaciones millonarias por la retirada de ayudas al sector. Un juzgado de apelación de Bruselas resolvió el pasado 18 de junio intervenir los pagos de Eurocontrol a la empresa pública española Enaire si nuestro país persiste en los incumplimientos, siguiendo así la línea que abrieron los tribunales de Reino Unido y Australia. Las resoluciones internacionales obligan a nuestro país a compensar a las empresas afectadas con más de 1.800 millones, incluyendo intereses de demora y otros gastos. 

¡¡¡¡¡viva el vino¡¡¡¡¡