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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#2281

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muchas gracias 
#2283

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 La explicación creo que será más clara con un ejemplo: 
Supongamos que la declaración de 2019 salió a pagar 500 €, se fraccionó, 300 € el 30 de junio de 2020 y 200 € el 5 de noviembre de 2020. 
La rectificación por mutualidades arroja una devolución de 600 €, por tanto los intereses se aplican solo a la cantidad que se pagó en su momento 500 €. 
2020……. 300 € por 3,75% por 184/366 = 5,65 €. 
2020……. 200 € por 3,75% por 56/366 = 1,15 €. 
2021……. 500 € por 3,75% = 18,75 €. 
2022……. 500 € por 3,75% = 18,75 €. 
2023……. 500 € por 4,0625% = 20,31 €. 
2024……. 500 € por 4,0625% por nº de días transcurridos en 2024 ( 340 ) / 366 = 18,87 €, suponiendo que hacen la devolución el día 5 de diciembre de 2024. 
Sumamos 5,65+1,15+18,75+18,75+20,31+18,87 = 83,48 € total de intereses de la declaración de 2019, después aplicamos las mismas reglas a cada ejercicio. 
Recordar que los intereses serán considerados ganancia patrimonial en el ejercicio que se cobren y por tanto habrá que tributar por ellos en la correspondiente declaración de renta. 
Si no se fracciono el pago, el calculo de la fracción del primer año se efectúa todo desde el 30 de junio hasta final de ejercicio. 
Si el resultado de la rectificación fuera inferior al resultado de la declaración (500 €) entonces los intereses se calculan y los genera el resultado de dicha rectificación. 
#2284

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Os acordais del cuento de la lechera, pues eso nos esta ocurriendo.
Estamos pensando en los intereses, que en la mayoria de los casos sera el chocolate del loro y ni hemos cobrado, ni la menor idea de cuando y cuanto cobraremos, mas a mas con lios que tienen encima de todo tipo esta gente que nos desgobierna y que son los  que tienen que decidir, si nos pagan y cuando, a mi personalmente esto ultimo es lo que me preocupa.  
Estamos en manos de quien estamos y en este pais aun llamado España, puede pasar cualquier cosa.
#2286

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Y si salía a devolver, los intereses de lo que les queda pendiente por pagar empiezan a contar cuando se cumplen 6 meses desde la entrega del fomulario.

Al ritmo que van, creo que a casi todos nos van a tocar intereses por algún lado.
#2287

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Sigues ganando por 4 a 2
Muy oportuna tu nueva subida de los intereses vigentes.
#2288

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Esta bien que insistas una y otra vez en subir la tabla de intereses, no importa que seas repetitiva, es bueno tenerlo por si alguien no lo ha podido recibir.
La comunidad agradece tu persistencia
#2289

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Dentro de lo malo un 4% está bien, ya que tienes el dinero parado... Para el que no le haga falta estará bien para el resto pues lo contrario. 

Gracias por la tabla
#2290

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

“ y la reclamación a la Seguridad Social del Complemento de Maternidad cursada en Enero pasado, en Febrero emitieron la nota con el Cambio de Criterio de la SS o sea de denegarlas todas por sistema y obligarte a ir a juicio a aceptarlas y pagarlas, pero lo mío dura ya nueve meses,”

Entiendo que tu ó el interesado al que representas te/se jubiló antes de Febrero del 2021 (para causar derecho a percibirlo) que formulaste solicitud al INSS en Enero de este año y habiendo sido denegada ó por silencio administrativo presentaste Reclamación previa de nuevo al INSS, es así? 

De todas maneras no me cuadran los plazos desde Enero de este año, creía que ahora lo concedían de oficio, en mi caso tuve que ir a juicio……y en Diciembre de este año tengo el juicio por la reclamación de los 1800€ que estableció el TS como indemnización a los que nos obligaron a acudir al Juzgado para que nos reconocieran el derecho.

PD. Perdón por aludir a un tema que no es el que corresponde aquí.
#2291

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 Mi jubilación se produjo en marzo de 2016, solo he presentado, por mediación de un abogado, solicitud al INSS que aún no ha sido contestada, hace poco consulte con el abogado y me dijo que sabe que las van a aceptar todas, pero necesitan tiempo y que no es necesario presentar la Reclamación previa al INSS, en ese punto estoy. 
Se de otra persona jubilada en 2019, presentó solicitud en enero a través de una gestoría y en julio le han pagado, incluidos los atrasos. 
#2292

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Como en su día dijo el Emérito, ¿por qué no te callas?
No haces más que atacar a mivisa.
#2293

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Bien, si es así y lo tenéis claro pues toca esperar.