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Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hoy día 20 de abril de 2024, algunos contribuyentes siguen sin ver reflejada en sus datos fiscales la Disposición Transitoria Segunda (DT2) de la Ley del IRPF.
Esta situación se debe a que la Agencia Tributaria está incorporando la información de forma gradual, a lo largo del mes de abril.
Si la DT2 no aparece en los datos fiscales cuando vayas a presentar la declaración de la Renta, se puede presentar sin ella, se puede solicitar la rectificación de la declaración posteriormente, una vez que la DT2 esté incorporado en los datos fiscales.
En caso de tener que rectificar una declaración de la Renta para incluir la DT2, la información se debe introducir en la casilla 030 de la declaración complementaria. Esta casilla se encuentra en el apartado de "Datos de la declaración rectificada" y se denomina "Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF"
Esta situación se debe a que la Agencia Tributaria está incorporando la información de forma gradual, a lo largo del mes de abril.
Si la DT2 no aparece en los datos fiscales cuando vayas a presentar la declaración de la Renta, se puede presentar sin ella, se puede solicitar la rectificación de la declaración posteriormente, una vez que la DT2 esté incorporado en los datos fiscales.
En caso de tener que rectificar una declaración de la Renta para incluir la DT2, la información se debe introducir en la casilla 030 de la declaración complementaria. Esta casilla se encuentra en el apartado de "Datos de la declaración rectificada" y se denomina "Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF"