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Rendimientos de Letras del Tesoro

20 respuestas
Rendimientos de Letras del Tesoro
Rendimientos de Letras del Tesoro
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#1

Rendimientos de Letras del Tesoro

Quisiera plantearos la duda que me ha surgido. En un matrimonio (no separado) con régimen de bienes gananciales, los rendimientos procedentes de la transmisión o amortización de Letras del Tesoro adquiridas a través de un banco por UN solo cónyuge, ¿pueden declararlos al 50% cada uno de los cónyuges?.

Muchísimas gracias por vuestra ayuda

Un cordial saludo
#2

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Si no son privativas, SI. No solo puede sino que debe. 
#3

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Perdona mi torpeza Rucko pero no entiendo qué quieres decir con la expresión "si no son privativas". En su día compré unas letras y como solo puede constar un comprador, figuro yo como titular de las letras sin más
#4

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Privativo me refiero a si lo compraste con dinero tuyo, previo a la sociedad de gananciales, de una herencia… es decir si los fondos no son comunes. 
Por otro lado, para próximas veces, puedes perfectamente tener las letras en una cuenta conjunta de las letras del tesoro. No es un problema.


#5

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Ahora lo he entendido perfectamente. Las letras las he adquirido despues de 40 años de existencia de la sociedad de gananciales, es decir, con fondos de ambos cónyuges que no proceden en modo alguno de ninguna herencia sino de los ahorros de una vida laboral, con lo que deduzco que, en efecto, puedo incluir el 50% de los rendimientos en las dos declaraciones.

Muchísimas gracias por tu inestimable ayuda

Recibe un cordial saludo
#6

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Hola quisiera hacerle una consulta yo estoy cobrando el subsidio de 52años mi mujer tiene un seguro de ahorro a18 meses con el dinero privativo suyo de una herencia de su madre la pregunta es los intereses se divide a 50  o solo ami mujer y si es a la  mitad  los intereses se divide entre 18 meses y luego entre 2 gracias 
#8

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Muchas gracias por contestarme pero luego hay  que dividir entre  18 meses que esta contratado el seguro de ahorro los  intereses es así gracias 
#9

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

No solo lo considera así el SEPE, en régimen de gananciales, las rentas y los frutos de un bien privativo son gananciales, artículo 1347.2 Código Civil, a todos los efectos. 
#10

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Hola perdona  soy nuevo y me entero muy bien pero pero los cálculos que hecho están bien para saber si me pasó de los 850eur gracias y perdona 
#11

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Cuidado, la ley del IRPF indica que los rendimientos se imputan al titular del bien, luego en estos casos de alquileres o intereses de bienes privativos, los declara al 100% un cónyuge, si bien esos rendimientos pasan a formar parte de los gananciales en virtud de lo que señalas del código civil; luego el SEPE tiene ese criterio explicado antes, pero  para el complemento a mínimos seguridad social se remite al IRPF.
Cada uno tiene su reino de taifas y es lo que crea confusión 
#12

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Yo creo que es defendible dividirlo entre 18, pero no sé si dirán que debe ser entre 12 para el año que se cobra
#13

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Hola...Sr. Bacalo quisiera disipar una duda...entiendo que el banco o broker impute los rendimientos, dividendos- al unico titular de la cuenta, y este unico titular de la cuenta a la hora de la declaracion deba declar al 100pc todos los rendimientos, aunque sea un matrimonio en gananciales. En caso de disolucion del regimen de gananciales es cuando se dividiria al 50pc.
O lo he interpretado mal...? Muchas gracias
#14

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

no, en el IRPF, si los rendimientos son de un bien ganancial -por ejemplo, dividendos de acciones adquiridas con dinero que se ha ganado durante el matrimonio- se asignan al 50%, aunque en el broker o el banco sólo aparezca uno de los 2 cónyuges como titular.
Si el bien es privativo, como se ha comentado antes, en el IRPF los rendimientos los declara el dueño del bien, aunque esos rendimientos pasan a ser de los 2.
Lo que luego pase en caso de divorcio o fallecimiento, depende del Código Civil. Por ejemplo,   en caso de fallecimiento , las acciones privativas son al 100% del cónyuge correspondiente, pero los dividendos recibidos  que estén en una cuenta habría que repartirlos al 50% entre el cónyuge superviviente, y la otra mitad, a la herencia.
#15

Re: Rendimientos de Letras del Tesoro

Hola mi mujer tiene unas acciones de una herencia de su madre y otro día estuve en la caja de ahorro y la directora de caja me dijo que los redimiento solo inpunta a ella por ser  heredada la aciones y dijo que otra cosa es  que inviertas el dinero que ta dado esos redimiento  entonces sise inpunta a matrimonio es así lo que dice la directora de la caja  yo su. marido estoy cobrando el subsidio de 52años  espero tu respuesta  gracias