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Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

18 respuestas
Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
Fecha adquisición vivienda heredada alquilada
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#1

Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Mi padre falleció en 2016, dejando usufructuaria de su parte a mi madre (gananciales) y mi madre falleció en 2023, Para hacer la declaración de la renta con una vivienda heredada y alquilada me pide fecha adquisición lucrativa. Debería poner la fecha de 2023?
En cuanto a la amortización, el valor de adquisición es el valor que figura en el ISD?
Gracias.

#2

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Sí: la fecha de fallecimiento de tu madre. Y sí, el valor del impuesto de sucesiones.
#3

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Buenos días: En septiembre 2024 hicimos la disolución de condominio de la vivienda heredada. Hasta la fecha se declaró la renta inmobiliaria según testamento, aplicando la deducción por amortización según la cuota correspondiente de ISD. Esa vivienda me la quedé yo y pagué el exceso a mi hermana. Puedo deducir desde septiembre 2024  el 100 %  del valor de ISD para amortización?
#4

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

 Deberías poner 2023, que es cuando fallece tu madre y tú adquieres el pleno dominio de la vivienda (nuda propiedad + usufructo). Aunque heredaste la nuda propiedad en 2016 al fallecer tu padre, no tenías aún el pleno dominio, así que Hacienda entiende que la adquisición "lucrativa" (por herencia) se consolida cuando fallece el usufructuario, en este caso tu madre. Por tanto:
  Fecha de adquisición: 2023. 
#5

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Si, pero es mas, puesto que la consolidación de dominio se retrotrae a fecha de fallecimiento, yo diría que puedes aplicarte todo el alquiler y ponerla desde el 1 de enero
#6

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Si hubo exceso de adjudicación, el valor de adquisición de la parte de tu hermana es el que consta en la escritura de disolución del condominio.
Por tanto, la amortización será: para el 25% que adquiriste en 2016, el 3% (porque ha sido tuyo todo el año) del porcentaje de la construcción sobre el valor del ISD de tu padre, sin tener en cuenta el valor del usufructo; para el 25% que adquiriste en 2023, el 3% (porque ha sido tuyo todo el año) del porcentaje de la construcción sobre el valor del ISD de tu madre; y, para el 50% que has adquirido en septiembre del 24, el 1% (1/3 del año=1/3 de amortización) del valor de la construcción sobre el importe otorgado a ese 50% en la escritura de disolución del condominio.
Como es complicado, haz los cálculos a mano y pon el resultado en "amortización en casos especiales".
#7

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Muchas gracias. En cuanto a declarar supuesta ganancia patrimonial  por disolución condominio, eso corresponde al  vendedor, mi hermana?. Entiendo que no existe ganancia ?? pues se pagó según el valor otorgado en el ISD. 
Tengo otra duda, en la parte que soy propietaria al 100% tengo que poner fecha adquisición 17-04-2023 (fallecimiento) o la de septiembre 2024( disolución condominio) , en este caso sería muy lioso para futuras declaraciones porque tendría que poner 2 fechas?
#8

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

 Es tu hermana quien tiene que declarar la transmisión, sí.
Probablemente sí hay ganancia, puesto que te lo vendería al valor de ISD de tu madre, pero, la mitad de su parte, la adquirió a fecha de fallecimiento de tu padre, y el valor en el 17 sería inferior al de 2023.
Todos los años tendrás que hacer la amortización a mano, porque tienes 3 fechas de adquisición. 
#9

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Vale, lo entiendo. Tengo otra duda, en la parte que soy propietaria al 100% tengo que poner fecha adquisición 17-04-2023 (fallecimiento) o la de septiembre 2024( disolución condominio) , en este caso sería muy lioso para futuras declaraciones porque tendría que poner 2 fechas? Lo pregunto porque en datos fiscales aparecen dos porcentajes (uno de ellos 100% con los dias que van de septiembre a diciembre)
#10

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Creo que no me has entendido, porque te he contestado ya dos veces y vuelves a preguntar lo mismo una tercera: no vas a poder calcular la amortización de manera automática. Nunca. Porque no tienes una única fecha y un único valor de adquisición. Tienes 3 (hablas de dos, pero tienes 3: la de adquisición del 25% por herencia de tu padre, en la fecha de su deceso; la de adquisición del 25% por herencia de tu madre, en la fecha de su deceso; y la de adquisición del 50% de tu hermana en la fecha de la escritura de venta (o de disolución de condominio; a efectos prácticos es lo mismo, en este caso).
Cada año tendrás que hacer los cálculos de la amortización a mano y poner el importe resultante en la casilla de abajo de la pantallita de la amortización, donde dice "amortización en casos especiales", sin poner ni fechas, ni valores, ni si es adquisición onerosa o lucrativa (porque, en tu caso, hay de las dos).
#11

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Sí, eso lo entiendo, quizá no formulo bien la pregunta,  la duda que tengo es que al declarar alquiler, el programa me pide de nuevo fecha adquisición del inmueble desde que tengo el 100%, septiembre, (en la primera parte, con el 50%, puse fecha fallecimiento de mi madre),  pero la segunda parte, no sé si tengo que poner fecha disolución condominio, y así los años sucesivos..
#12

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Éste es el único año en que vas a tener que declararlo como si fueran dos alquileres, porque, a partir del año que viene, tienes el 100% del inmueble en propiedad plena durante todo el ejercicio.
Pero, el único sitio donde te piden la fecha de adquisición, es en la pantalla de la amortización inmobiliaria, y ahí no tendrás que poner nada, porque aplicarás la "amortización en casos especiales".
#13

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Si lo entiendo, y lo comprobé, al poner adquisición lucrativa + onerosa no lo hace automático.
En el valor adquisición entonces, el 25 % de mi padre, es según el ISD del 2016?, porque el año pasado puse todo según el valor ISD del 2023...Esto podría tener alguna repercusión?
En el 2016 pagamos plusvalia, esto podría sumarlo? 
Muchas gracias por las aclaraciones.

#14

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Repercusión, que hayas aplicado una amortización superior a la que corresponde y te liquiden... Pero no creo que la diferencia sea tanta como para eso.
Sí, la plusvalía es un gasto necesario, puedes ponerlo para calcular el valor de adquisición.
#15

Re: Fecha adquisición vivienda heredada alquilada

Sin embargo, las adjudicaciones se hacen por el valor actual ( fecha fallecimiento del segundo progenitor), no toman la mitad del valor del primer progenitor