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¿Qué puedo aludir a la no presentación de una documentación que Hacienda ya tiene en su poder? - Declaración de la Renta
Buenas tardes: la Agencia Tributaria me hizo llegar hace días una rectificación de mi declaración de la renta del año 2020. Pedía información acerca de los gastos que imputaba en el alquiler de una segunda vivienda de mi propiedad. En uno de los conceptos en duda le expliqué pormenorizadamente el cálculo de la cantidad que según ellos era errónea. Ahora en la resolución de la liquidación provisional que me remiten en virtud a mis alegaciones, dicho gasto lo suprimen porque no he presentado la escritura de propiedad de la vivienda y por tanto no se puede justificar la inclusión del gasto. Esta escritura no la presenté porque no la pidieron y además porque ya fue entregada en su día a la Agencia Tributaria local para la liquidación del impuesto de sucesiones. Ahora en el recurso de reposición se la remitiré pero no sé si me pueden decir que debía acompañarla en las alegaciones. Desconozco si también me pueden rebatir que la AEAT y la Agencia Tributaria Autonómica son dos entes diferentes y que no comparten información fiscal del contribuyente.
¿Existe alguna disposición legal a la que atenerme en lo que atañe a la no presentación de la escritura porque ya fue presentada en su día a Hacienda en otro procedimiento?
Muchas gracias.