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Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio verdad

12 respuestas
Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio verdad
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Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio verdad
#1

Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio verdad

Hola a todos querìa preguntar a algún experto en fiscalidad que como en Andalucía no se paga impuesto al Patrimonio que condiciones se exigen para no pagar impuesto al patrimonio en Andalucia? solo estar empadronado y vivir mas de 185 dias al año? o también tener un trabajo o negocio en Andalucía? ya que yo soy jubilado y no trabajo simplemente quiero comprar un pisito e irme a vivir allí.Gracias
#2

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

En el Impuesto sobre el Patrimonio, la residencia de las personas físicas será la misma que corresponda para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a la fecha de devengarse aquél. Para determinar el período de permanencia se computarán las ausencias temporales.
#4

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Gracias por la respuesta pero yo si resido en Andalucía y tengo mi vivienda habitual en Andalucía cuando haga mi declaración de la renta voy a poner como vivienda habitual y residencia Andaluciá  pero el bien está en Catalunya por tanto eso no lo tengo claro Gracias

#5

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Gracias por el enlace pero ese enlace habla de residente en España y el extranjero pero no habla de comunidades igualmente Gracias
#6

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Son las mismas condiciones que para ser residente fiscal en España.

Para la Agencia Tributaria (AEAT), tu domicilio fiscal se define como: La comunidad autónoma en la que se haya residido un mayor número de días al año (si has vivido más de 182 días en una región, ahí deberás declarar)
#8

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Como consecuencia de la cesión, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias normativas sobre el mínimo exento, tipo de gravamen y deducciones y bonificaciones de la cuota.
#9

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Da igual dónde esté el bien. La declaración de patrimonio se presenta donde tengas tu residencia habitual.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#10

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Hola gracias por responder, pero tengo entendido que la declaráción de patrimonio tributa al los bienes independientemente de la comunidad autónoma que resida el propietario de los bienes por que lo consulté 2 veces en hacienda y creo que los técnicos que me atendieron no lo tenian claro porque cada uno me dijo una version diferente.Gracias
#11

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

es decir que una vez en Hacienda me dijero que si los bienes están en Catalunya que no está bonificado y para evitar tributar te vas a residir en Andalucia porque está bonificado pagarás igual porque los bienes estan en ubicados en donde no está bonificado
#12

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Juan te ha respondido claramente. La declaración de patrimonio se realiza donde tengas tu residencia fiscal no donde se encuentren los bienes. Para determinar tu residencia fiscal, por este orden: más de 185 días, vivienda habitual, solo en caso de que no esté claro los días y la vivienda habitual y solo en ese caso, se recurrirá al concepto de donde tengas tus intereses económicos.
No obstante, la declaración de patrimonio en Andalucía se ha reactivado al igual que se ha hecho en Madrid, básicamente pagaras lo que te correspondería pagar en la declaración del impuesto de solidaridad de las grandes fortunas, 1,7% de lo que sobrepase los 3.000.000 de patrimonio con tramos progresivos. 
#13

Re: Si estoy empadronado en Andalucia 200 dias al año y en Catalunya 165 días al año, ¿no pago impuesto al Patrimonio...

Muchas gracias por la respuesta, ahora si que lo entiendo porque tu tocas el punto de los bienes, es decir lo que vale es tu lugar de residencia y "en caso de que no este claro tu lugar de residencia" solo en caso, hacienda usa el lugar donde se encuentran los bienes.Gracias