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Facturar sin ser autónomo

5 respuestas
Facturar sin ser autónomo
Facturar sin ser autónomo
#1

Facturar sin ser autónomo

Hola,

Necesito hacer una factura por una actuación músical. No es una actividad regular y mi trabajo es otro.
Habitualmente, cuando requieren factura, lo hago con una empresa que se dedica a ello, pero con sede en otra CA, pero piden que sea facturado desde mi comunidad autónoma.
He pensado en hacer el trámite realizando el alta en IAE e ingresando IVA e IRPF.
La cuestión es que hay gastos que van en el caché, como dietas y desplazamiento, por los que tengo entendido que no tributaría, y lógicamente, me gustaría no tributar por ellos.

Cómo se calculan esos gastos?
Alguien podría facilitar un ejemplo de factura con esos gastos y el cálculo de IRPF?

Gracias por cualquier ayuda

#2

Re: Facturar sin ser autónomo

Si facturas (alta censal y todo eso), vas a caer en lo de autónomos. Ya no hay criterio de cantidades mínimas.
Si eres autónomo y facturas, no hay eso de excluir dietas y desplazamientos. Todo forma parte de los ingresos/base imponible.
Solo en algún caso muy justificado y acreditado, podrías deducir como gastos alguna cosa relacionada con esas dietas y desplazamientos.

Por tanto, en caso que realices lo del alta en actividades económicas y factures tu intervención musical, la cosa sería así (suponiendo un caché de 100 € gastos incluidos)
Base imponible = 100 €
IVA devengado 21 % = 21 €
Retención IRPF 15 % = -15 €

Neto a cobrar: 106 €
Y luego tendrías que realizar el modelo trimestral del IVA, donde pagarías los 21 € de IVA recaudado.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Facturar sin ser autónomo

Entonces no hay ninguna actividad que aunque sea de forma irregular , por ejemplo una actuación en todo el año pongamos 1000 euros y no se factura nada más. Es obligatoria la presentación trimestral de impuestos o puedes incluirlo en la renta como rendimientos y ya??
Muchas gracias !!!
#4

Re: Facturar sin ser autónomo

Procedimiento legal para actividades ocasionales y puntuales:

.- Alta y baja censal ante hacienda, con las fechas reales de la actividad (incluyendo si es necesario los días previos o posteriores de actividades preparatorias).
.- Alta y baja laboral autónomos ante TGSS, por fechas reales.
.- Realizar la actividad.
.- Facturar.
.- Presentar y liquidar los modelos fiscales pertinentes (¿Sujeción a IVA? ¿Pagos a cuenta IRPF?)
.- Cotizar RETA por ese periodo breve de alta, atendiendo que la obligación de cotizar actual es por ingresos reales.

En el límite inferior, eso te permite desarrollar hasta 3 días sueltos de actividad económica por año, con unas cotizaciones RETA de menos de 10 €.

En el ejemplo sugerido, actuación puntual con un caché de 1.000 €, habría que valorar si solo se trabaja 1 día, o hay ensayos y pruebas técnicas previas.
Pongamos que realmente esa actuación de 1 día realmente implica 2 días de dedicación.
Alta y baja censal y RETA por esos 2 días.
Coste RETA por esos 2 días, entre 60 y 300 € aproximadamente.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Facturar sin ser autónomo


Gracias por los aportes.
Yo me refería a facturar sin darse de alta en la SS por una actividad puntual.

https://www.infoautonomos.com/facturas/facturar-sin-ser-autonomo/

Tengo que ver eso de gastos, pero la empresa que alguna vez usamos para poder facturar solo declara el salario base para un músico y el resto va en dietas y desplazamiento, por los cuales no tributamos, sino solo por el salario base.
#6

Re: Facturar sin ser autónomo

Se puede hacer facturas, cumplir con hacienda, y quedarse paradito y el silencio a la espera de si seguridad social actúa o no actúa.
La TGSS tiene hasta 4 años para ver y decidir que hacer.

Ahora mismo, normativa en mano, solo algunos casos de personas ya jubiladas (pensionistas de jubilación), tiene permitido legalmente desarrollar actividad económica sin alta en la seguridad social.

Los viejos criterios de doctrina jurídica (eso de la habitualidad ligada a lo del SMI y tal), eran válidos y vigentes en los antiguos sistemas de cotización de autónomos. En 2022 eso cambió.
Digan lo que digan o publiquen ciertas webs, ahora mismo no hay absolutamente nadie a quien la seguridad social le haya reconocido de forma expresa que no necesita darse de alta por realizar una actividad económica y facturar.
Otra cosa es que si te quedas quieto parado, quizás no se te ve mucho, y quizás la SS no hace nada.....

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!