Según el sitio web de la Agencia Tributaria, para aplicar la deducción por ascendiente es necesario que tu padre conviva contigo y no tenga rentas anuales superiores a 8.000 euros, excluidas las rentas exentas. En este caso, la prestación por dependencia que recibe tu padre (y que cobra tu madre como cuidadora) está exenta de tributación, según el artículo 7 de la Ley del IRPF.
Por lo tanto, incluir a tu padre como ascendiente en tu declaración de la renta no debería afectar a la ayuda que recibe tu madre, ya que la deducción en el IRPF y la prestación por dependencia son conceptos diferentes y no están vinculados entre sí.
No obstante, dado que las ayudas por dependencia pueden estar sujetas a normativa autonómica y a requisitos adicionales, te recomendaría consultar con la administración autonómica
correspondiente para asegurarte de que no hay incompatibilidades en su caso concreto.
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