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Bien privativo - Herencia

8 respuestas
Bien privativo - Herencia
Bien privativo - Herencia
#1

Bien privativo - Herencia

HOLA, mi hijo fallecido estaba casado en separación de bienes, compró una vivienda de soltero y pagando mensualmente la hipoteca de su nomina exclusivamente, 
dejo  testamento nombrándome heredero universal, que derecho testamentario tiene su viuda sobre este bien privativo?
 
#2

Re: Bien privativo - Herencia

Buenos días Antonio,

Lamento la pérdida de su hijo, en este caso que plantea el cónyuge viudo tendrá un derecho de usufructo sobre parte de la herencia de su hijo. Independientemente de que usted haya sido nombrado heredero universal. Dado que no estaban casados en gananciales, en ningún caso deberá corresponderle la propiedad de los bienes, salvo que hubiera alguno que comprasen en común.  
En cuanto a la proporción de la herencia sobre la que el cónyuge tiene derecho de usufructo, depende de cuál sea la situación familiar:

  • Con hijos en común: le corresponde el tercio de mejora.
  • Sin hijos en común y con ascendientes: el usufructo afecta al 50% de la herencia.
  • Sin hijos ni ascendientes: entonces, recae sobre dos tercios del caudal hereditario.

Espero haber sido de ayuda, un saludo
#3

Re: Bien privativo - Herencia

Según el Código Civil español, aunque la vivienda adquirida por su hijo antes del matrimonio y pagada exclusivamente por él sea un bien privativo, su viuda tiene derechos hereditarios sobre su parte de la herencia, salvo que haya sido desheredada expresamente por una causa legal.

Derechos de la viuda sobre la herencia


Dado que su hijo falleció casado, su viuda tiene derecho al usufructo del tercio de mejora de la herencia, según el artículo 834 del Código Civil. Esto significa que, aunque usted sea el heredero universal, la viuda tendrá derecho a usar y disfrutar de ese tercio mientras viva.

Si hay deudas o hipoteca pendiente sobre la vivienda, estas también se heredan, por lo que se deben liquidar según corresponda.


ChatGPT puede cometer errores. Considera verificar la información importante.



Le recomiendo que consulte a un abogado especializado en sucesiones para analizar su caso concreto y tramitar la aceptación de la herencia.

#4

Re: Bien privativo - Herencia

Es propiedad privativa y casado en separación de bienes, ya que la vivienda la compro de soltero y pago la hipoteca durante todo el tiempo que vivió de su sueldo exclusivamente según se puede demostrar con el extracto de su cuenta del banco que estaba solo a su nombre. 
#5

Re: Bien privativo - Herencia

El Código Civil español establece que, si no hay hijos, pero sí padres del fallecido, la viuda tiene derecho a disfrutar de la mitad de la herencia. Si hay hijos, la viuda tiene derecho a disfrutar de un tercio de la herencia. En el caso de que no haya hijos ni padres, la viuda tiene derecho a disfrutar de dos tercios de la herencia.

Esto significa que, aunque no sea la propietaria del piso, podría tener derecho a vivir en él y a obtener los beneficios de su uso. Este derecho se llama usufructo.

Sin embargo, si quisiera vender el piso, necesitaría el consentimiento de los herederos, ya que ellos son los propietarios del mismo.

En resumen, la viuda tiene derecho a disfrutar del piso, pero no a ser la propietaria. Es como si tuviera un derecho a vivir en él, pero no a venderlo o a hacer lo que quiera con él.

#6

Re: Bien privativo - Herencia

salvo mejor opinión 
#7

Re: Bien privativo - Herencia

Gracias por contestar, el caso es que la viuda tiene vivienda propia igualmente que el marido fallecido, y en las mismas condiciones, propiedad privativa.
#8

Re: Bien privativo - Herencia

Por tener vivienda propia, la viuda no pierde su derecho hereditario. Sigue teniendo derecho al correspondiente usufructo de una parte de la herencia. 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Bien privativo - Herencia

Buenas tardes:

 No es mi pretensión profundizar mucho en este tema, pero si he de indicar que es diferente si la vivienda era la vivienda habitual del matrimonio o no.

Si no era la vivienda habitual la viuda tiene menos fuerza legal para evitar darle un uso después de heredar esa vivienda. Es decir, no se necesita su consentimiento.

Si era la vivienda habitual, el bien no era exactamente privativo, puesto que la esposa tenía que dar el consentimiento para que dicha vivienda se vendiera.

Saludos.