Es que en el email dice:
Puede usted acudir a su oficina para recoger el certificado de saldo correspondiente con el que deberá acudir a la Agencia Tributaria para liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones. Una vez disponga del justificante de pago o exención del Impuesto deberá hacérnoslo llegar a través de la propia oficina.
Yo soy el beneficiario del seguro.
Mi madre es la heredera.
¿Entonces podría pagar ese impuesto y cobrar el seguro antes de aceptar la herencia?
¿Ese impuesto lo tengo que pagar en la CCAA donde falleció (y vivía) mi hermana, o lo puedo pagar en mi CCAA?
No sé si esperar a que el abogado del Ocaso me lo gestione todo, pagando todos los impuestos de la herencia a la vez.
El problema es que no lo van a hacer antes de los 6 meses.