Re: MiFiD II
Evidentemente, es la vía que les queda a las entidades financieras para realizar gestión de carteras
Evidentemente, es la vía que les queda a las entidades financieras para realizar gestión de carteras
No lo acabo de entender, ¿a qué te refieres con ''es la vía que les queda a las entidades financieras para realizar gestión de carteras''?
Hola. En Fundspeople escriben sobre la publicación de una Directiva de la CE complementaria a MIFID II y las retrocesiones:
Confieso que lo he leído tres veces y sigo sin entender sus consecuencias. ¿Se mantienen las retrocesiones? ¿Se cobrarán comisiones de custodia o asesoramiento por parte de las comercializadoras de fondos? La redacción del artículo me parece muy confusa o más bien "etérea", como un digo-sin-decir. No veo la relación entre el titular del artículo y el texto.
Seguramente es que soy muy torpe. ¿Algún forero con más conocimientos querría arrojar algo de luz?
Las comisiones de retrocesiones se podrán seguir cobrando. En teoría solo en casos excepcionales, pero en la práctica un ejemplo es ofrecer una amplia gama de productos de terceros (es decir que todas las comercializadoras que solemos usar por aquí, renta 4, BNP, selftrade, andbank, Bankinter, ... podrán seguir igual). Los bancos tradicionales lo tienen fácil también si sale la normativa como está ahora pues bastará con enviar un informe anual con alguna recomendación suelta para que se considera valor añadido y así podrán seguir vendiendo sus fondos con autoretrocesiones (banco-gestora propia que todo se queda en casa).
En el caso de carteras gestionadas la cosa parece que si va a cambiar pues ahora mismo el borrador indica claramente que en ese caso no se podrán cobrar retrocesiones. Ahora yo te anticipo que los bancos si no les sale rentable venderán activamente fondos de fondos con comisiones del 1.5% (convenciendo a los clientes de que es mejor que carteras gestionadas) y a tirar. Ahora mismo apuesto a que no va a ver cambios radicales. Con el tiempo despacio puede que sí.
Muchas gracias por tu respuesta. Pareces tenerlo muy claro.
Tengo las clases baratas de los fondos de inversión, por lo que supongo que no me compensaría que quitaran las retrocesiones y a cambio la entidad me cobrara una comisión de custodia. No sé si me equivoco, ¿es así?
En otros paises en algunos casos compensa pues algunas gestoras sacan clases con comisiones similares a las institucionales. Digamos que puedes tener 0.8% de gestión y 0.25% de custodia en un fono rv. Pero eso no creo que llegue de un día para otro. Ya veremos.
Finalmente entra en vigor a principios del año que viene no? Están preparadas las entidades para este cambio en la normativa?
En julio debería estar aprobada la norma creo que para entrar en vigor en enero (no muy seguro de esto). Las entidades están preparadas para que siga todo lo más parecido a lo actual. Como digo no creo que haya cambios de la noche a la mañana para los clientes de "banca estándar" pero si pueden aparecer nuevas oprtunidades para los más "impertinentes".
A finales de junio entra la plataforma del BME que aunque en principio contará con pocos fondos dará una idea de por donde van los tiros, por ejemplo de que bancos estarán dispuestos a comercializar fondos sin retrocesiones y a qué precio. Aquí más de uno se tendrá que retratar.