Re: Cobas AM: Nueva Gestora de Francisco García Paramés
Lo de que no dejen acudir a los minoritarios ya sería el robo del siglo. Tras hace unos días animarlos a votar a favor de la AK en contra de la propuesta del accionista mayoritario.
Lo de que no dejen acudir a los minoritarios ya sería el robo del siglo. Tras hace unos días animarlos a votar a favor de la AK en contra de la propuesta del accionista mayoritario.
Ya sería la leche vamos.
Sinceramente no me creo nada.
Freedom is driven by determination
Si degiro usa cuenta omnibus, que las usa, quizas pueda hacer suscribir todos los derechos como dentro de un fondo de inversion o una sicav interna, (cualificado) y luego os lo reparta de forma proporcional a vosotros en funcion de los derechos que tengais, eso si, quizas haya mas comisiones de lo normal, o os lo regalen..
hasta que no os confirmen nada.. pero vamos que a mi me cuesta de creer que esas condiciones no lo hayan puesto en su presentacion de la AK.
Alguno se ha leido de arriba abajo toda la informacion lanzada por la empresa en la aprobacion de la AK o habeis pasado ?
porque si no lo han puesto, es un toque de atencion importante que el maganer no es de fiar para nada.
Alguien me puede pasar el comunicado de la AK con su documentacion ? esta en su pagina principal ?
Creo que los que no van a poder acudir son los que residan en United States, Australian, Canadian or Japanese, el resto si.
ufff, no lo tengo nada claro. Creo que incluso depende de dónde estén las entidades que intervienen (intermediario, depostiario)
Los documentos legales relevantes son
prospecto entero de la ampliación
Holders of Existing Shares (other than the Company or its subsidiaries with respect to the Existing Shares that are treasury shares) in certain jurisdictions, including the United States, Canada, Australia, Japan and certain parts of the European Economic Area(“EEA”), as well as nominees, depositaries or dealers holding Existing Shares for the account or benefit of owners resident in such jurisdictions, should note that they may be restricted in the exercise of Rights pursuant to applicable securities regulation.
21.7.2.4 European Economic Area
In relation to each Member State of the European Economic Area which has implemented the Prospectus
Directive (2003/71/EC) (each, a “Relevant Member State”) an offer to the public of any Rights or Offered
Shares may not be made in that Relevant Member State, except that the Rights or the Offered Shares may be offered to the public in that Relevant Member State at any time under the following exemptions under the Prospectus Directive (as defined below), if they have been implemented in that Relevant Member State:
to any person or legal entity which is a qualified investor as defined under the Prospectus
Directive; or
in any other circumstances falling within article 3(2) of the Prospectus Directive, or
to fewer than 150, natural or legal persons (other than qualified investors as defined in the
Prospectus Directive) as permitted under the Prospectus Directive, subject to obtaining the prior
consent of the Underwriters;
provided that no such offer of Rights or Offered Shares shall result in a requirement for the publication by the Company or any Underwriter of a prospectus pursuant to article 3 of the Prospectus Directive and each person who initially acquires the Rights or the Offered Shares or to whom any offer is made will be deemed to have represented, warranted and agreed to and with the Underwriters and the Company that it is a “qualified investor”
within the meaning of the law in that Relevant Member State implementing rticle 2(1)(e) of the Prospectus
Directive
Directiva Europea
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32003L0071&from=EN
Artículo 3
Obligación de publicar un folleto
1.Los Estados miembros no autorizarán ninguna oferta de valores al público dentro de su territorio sin publicación previa
de un folleto.
2.La obligación de publicar un folleto no será de aplicación
a ninguno de los siguientes tipos de oferta:
a) una oferta de valores dirigida solamente a inversores cualifi-cados;
b) una oferta de valores dirigida a menos de 100 personas físicas o jurídicas por Estado miembro, sin contar los inver-
sores cualificados;
c) una oferta de valores dirigida a inversores que adquieran valores por un mínimo de 50 000 euros por inversor, para cada oferta separada;
d) una oferta de valores cuya denominación por unidad ascienda por lo menos a 50 000 euros;
e) una oferta de valores por un importe total inferior a 100 000 euros, cuyo límite se calculará en un período de 12 meses
Aquí no se cumple ninguno de los requisitos que eximen de publicar el folleto, según dicho artículo 3(2). Y el artículo 4 lista otras excepciones a la publicación de un folleto para una suscripción en cao de canje, ampliaciones gratuitas o scrip dividends por ejemplo.