Vamos a ver:
1) Fondos internacionales comercializados en España: actúan bajo el paraguas de una SICAV (a través de compartimentos) pero como son SICAVs extranjeras (registradas en la CNMV) el gobierno español no puede meterles mano tal y como ha comentado Brave.
2) Fondos nacionales: no tienen nada que ver con las SICAVs así que no se ven afectados en los cambios normativos de las SICAVs.
3) SICAVs españolas (Smart Social Sicav, Soixa, Torrenova inversiones, etc) si que se verían afectadas por el cambio normativo. Listado completo de las SICAVs españolas: http://www.cnmv.es/Portal/Consultas/MostrarListados.aspx?id=18
Una opción que existe es convertir dichas SICAVs en fondos, tal y como están haciendo algunas en estos últimos tiempos. O incluso dar de baja la SICAV y pasar todo su patrimonio a uno o varios fondos de inversión, tal y como hicieron hace poco tres SICAVS gestionadas por azValor.
Pero vamos, afirmar que el cambio normativo en las SICAVs mandaría al infierno a los fondos de inversión no lo veo correcto ya que son dos figuras jurídicas distintas. A no ser que argumentes tu respuesta, claro.