¡Qué tiempos aquellos!.
Los jóvenes no lo habréis conocido. De memoria digo que estaba vigente aún a finales de los 90. En el momento de la venta, el valor de adquisición se modificaba (subía) con unos coeficientes que reflejaban la inflación acumulada desde el año de la adquisición.
Para que se entienda. La inflación en 2021 ha sido del 6,1%. Con aquella ley del IRPF, si comprase 100 euros en un fondo en 2021 y lo vendiese en 2022 por 106,10€, no tengo incremento parimonial y no pago irpf. Y si lo vendo por 110€, la plusvalía no sería de 10€, sino de 110 - 106,10 = 3,90€. Creo recordar que la única condición es que hubieran pasado más de 365 días entre la adquisición y la venta.
Recuerdo que cuando cobraba la extraordinaria de diciembre, aprovechaba para hacer las aportaciones antes del 31 de diciembre porque ya me contaba la inflación de ese año.
Y lo peor de que se quitase es la injusticia moral. Porque la inflación no es rendimiento ni aumento de patrimonio. Realmente, un depósito que hubiese pagado en 2021 un 6,1% debería estar exento de impuestos.
Diréis, ¿y las retenciones? ¿sería un lío?. Bueno, es que por aquel entonces no se practicaba retención en la venta de fondos de inversión.
La verdad es que si escribiese todos los derechos que se han quitado a los ahorradores, necesitaría un libro. Una de las normas que recuerdo con más cariño es que los primeros 1.500€ de dividendos estaban exentos de irpf. Eso me animó a empezar enseguida en renta variable que a la larga dio también buenas plusvalías.
En fin, debo estar haciéndome viejo. Dicen que pasa cuando los tiempos pasados te empiezan a parecen mejores que los de hoy..