Re: Me alegro por la risa (que es muy sana)
Confundes préstamo con hipoteca.
Cuando yo firmo lo que la gente llama vulgarmente una hipoteca, estoy firmando un préstamo(o crédito) con garantía hipotecaria. Eso significa que realmente firmo dos cosas.
1. Por un lado un préstamo. Recibo un dinero que tengo la obligación de devolver. Y esa obligación es personal. Y salvo que se establezca algún tipo de pacto es con todos mis bienes presentes y futuros. Y no hace falta que lo diga la escritura. Lo dice la Ley, concretamente el Código Civil.
2. Ademas constituyo una hipoteca para garantizar, adicionalmente, esa operación. Tan adicionalmente, que, si por lo que sea no se puede inscribir la hipoteca esta no se llega a constituir realmente y sin embargo el préstamo sigue vigente. De hecho, por ello se introduce una clausula en los préstamos hipotecarios para dar por vencido el préstamo en estos supuestos, si le interesa a la entidad.
Esto debe quedar claro. Una cosa es el préstamo y otra la garantia hipotecaria. Puede haber hipotecas sin préstamo (por ejemplo garantizando un aval) y puede haber préstamos sin hipotecas, por ejemplo personales o con garantía pignoraticia.
Por tanto, cuando se firma un préstamo hipotecario, existe una doble garantía, personal (la marcada por la ley) e hipotecaria. Evidentemente, en el caso de sociedades mercantiles la garaníia personal se agota en la sociedad, salvo supuestos marcados en la ley en los cuales se puede exigir responsabilidades a administradores o socios.
Cualquiera con unos mínimos conocimientos jurídicos podrá confirmar estos extremos.
Precisamente este sistema de doble garantía, personal e hipotecario, nos distingue del sistema USA. Aunque esto ultimo debo confirmarlo, en EEUU, parece no existir esa garantía personal. Ello conduce a que las hipotecas subprime sean mas subprime aun. Y a que todo el sistema financiero sea más débil.