Si el ajuar se menciona en el testamento, si, hay que ver quién se lo lleva y cuánto vale. En caso contrario, el ajuar solo es un invento del fisco para ingresar mas.
Si no se menciona por ningún sitio, se entiende que se lo lleva el que se adjudica la vivienda que lo contiene, o bien se reparte según acuerdos entre los herederos, pero sin que aparezca por ningún sitio, sería ir a la casa, ver lo que hay, y decidir quién se queda cada cosa.
El ajuar teórico se entiende en proporción a la herencia, si tu recibes la mitad, en teoría debes recibir la mitad del ajuar.
Lo primero es ver si ese ajuar se menciona o concreta en el testamento, y si existe o no en realidad.