Aún cuando el banco ya se habrá ocupado de hacerte firmar todo esto y en todas las hojas, como no lo tengan, la verdad es que ellos tendrían un problema grave, mira por donde las diferencias entre las fechas hipotecarias y las de la cobertura de tipos, le veo una posibilidad legal, pero larga de narices.
1 – Primero al servicio de atención al cliente, obviamente por carta, hay que esperar la respuesta no sé si 30 o 60 días.
2 – Con la respuesta que estimo será favorable para el banco o caja a no ser que no estuviere todo debidamente firmado, yo tal vez, y en base al bajo o alto importe a reclamar, no iría al servicio de reclamaciones del Banco de España, porque como den la razón al banco y veo fácil que así sea, los jueces que son juristas y muy buenos la mayoría, no son de ciencias económicas, son de “letras” como se llamaba antes, y por lo que sé en la inmensa mayoría de ocasiones un juez hace caso a los informes del Banco de España, tanto si son a favor del cliente como si son en contra, por tanto entiendo que te puede salir el “tiro por la culata”, ahora bien si va directo al juez sin pasar por el Banco de España, ve tú a saber ….., problema: los gastos de esto, que si ganas los pagará el banco o caja, pero si pierdes tendrás que pagar los tuyos y los del banco o caja, es para planteárselo antes de hacer nada.
La otra opción es ir la banco de España, una vez obtenida la respuesta del servicio de atención al cliente, lo peor que te puede pasar es que te quedes como ahora, pagando y con la única alegría del “pataleo”.