Buenas tardes.
Por supuesto que no voy discutir de temas jurídicos con Ud., no soy profesional de la materia y Ud.., si. Ahora bien, como muy bien comentas el TJUE se pronunciará sobre los efectos que produce la nulidad, correcto. El tema de la transparencia lo ha dictaminado ya el Supremo en su Sentencia de mayo-13. Por supuesto que es legal que la banca recurra la transparencia, lo que no entiendo una vez se pronuncie la Audiencia Provincial siguiendo los criterios fijados por el Supremo, que recurso de Casación quieren presentar la banca????... No lo veo. Solo observo alargar el procedimiento a sabiendas de que no cumplen con la transparencia señalada por el Supremo.
En mi caso, el banco ha recurrido al Supremo la devolución total pero NO discuten la nulidad de la misma. Es decir, al igual que mi entidad la resta saben que en su gran mayoría incumplen con la normativa de transparencia pero aprovechando la lentitud de la justicia y el hecho de la discrepancia entre devolución total o parcial (mayo-13), siguen recurriendo, con todo su derecho a pesar de las costas que deben soportar y los intereses que deben pagar, mínimo desde mayo-13.
Porque no creo que ahora la banca consiga que exista alguna clausula suelo transparente??? En ese caso el argumento de quebranto económico para no devolver caería por su peso. No todas son nulas si consiguen declarar alguna transparente.
En fin, que esto está mas que vendido cuando se pronuncie el TJUE.. si/no devolución y falta transparencia ST Supremo mayo-13.
Saludos