Buenas Adachi:
Aunque no se si capto bien el sentido de tu pregunta, creo que los que quieres preguntar es cómo quedan el resto de los hijos en una futura herencia respecto del que ha sido beneficiado por la donación.
En terreno del Derecho Sucesorio existe la figura de la colación
: cuando se han hecho donaciones por los padres a los hijos en vida, la ley entiende que se han hecho como anticipo de la herencia y que habrá que tenerlo en cuenta, para que esos hijos reciban de menos en la herencia el valor de lo que se les ha donado. Es decir, la ley considera que si un padre ha regalado algo a un hijo, no ha sido porque quiera mejorarle, sino porque ha querido darlo parte de la herencia en vida, de manera que lo regalado al hijo deberá computarse para hacer los lotes entre todos ellos. Esto no obstante, la colación no se produce cuando el padre o madre dispusieron lo contrario al hacer la donación.
Como tal anticipo de herencia, ya liquidó el Impuesto de Donaciones (aunque haya sido con bonificaciones) y el resto de herederos tendrá que liquidar (que no significa necesariamente pagar una cantidad elevada, pues existen muchas reducciones)su Impuesto de Sucesiones. (También en Mod. 650 y 651).
Y ya que estamos en ámbito sucesorio y su relación con otros impuestos, existe a mi juicio una ventaja grande en dejar el activo liquido como herencia a través de fondos de inversión o acciones, pues los herederos no han de pagar IRPF por las plusvalias acumuladas por el causante en estos activos, pues ya liquidan Sucesiones por el valor de lo recibido y se entiende que están en su haber a todos los efectos desde la fecha de fallecimiento. Si posteriormente los venden, los herederos deberán declarar en IRPF ganancias o pérdidas solamente desde la fecha en que adquieren dichos bienes. Ni que decir tiene que tampoco habria que declarar las plusvalías del causante ( conocida anteriormente como "la plusvalía del muerto").
Conclusión sobre este último aspecto: A efectos de IRPF, mejor heredar un fondo, aunque sea mediocre, que un buen plazo fijo. La herencia además, normalmente, tendrá más 'chicha'. Con fondos de inversión que se dejan como herencia, lo que hubiera tenido que pagar el causante en vida por IRPF de haberlo tenido en IPFs año a año (18% ahora, 19-21% proximo años) YA NO SE HA DE PAGAR NUNCA. (Decídselo a vuestros abuelos)
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