Si el contrato es privado (no va ante notario) si algún día tienes inspección fiscal te pueden decir que te acabas de inventar en contrato hace un par de horas, para evitar esto hay un sistema barato y es que para dejar constancia de que el contrato existe y no es donación encubierta, es que lleves el contrato a la oficina liquidadora del registro de la propiedad de tu domicilio, te liquidarán el contrato con un impreso modelo que es el 600, no pagaras nada porque los prestamos están exentos del impuesto de transmisiones (lo que paga son las hipotecas, o sea por hecho de hipotecar, no por el hecho de prestar).
¿Que hace la oficina liquidadora de la Comunidad Autónoma, cuyo delegado en cada localidad es el Sr. Registrador de la Propiedad?, pues le pone un sellito, te hace rellenar un impreso y queda constancia de que el préstamo existe desde aquel día, bueno tienes creo que 15 días desde la fecha del préstamo.
Imagínate que tienes problemas y dejas de pagar durante unos años para pagar más adelante, por tanto hacienda que casi siempre piensa mal, diría amigo esto es una donación y tu dirías no, no con mis padres hemos acordado que les pagaré dentro de 4 años (empezaré a pagarles), hacienda diría a ver el contrato, y tu les sales con un contrato que puedes haber redactado hace 20 minutos, o puede que verdaderamente lo redactaste ahora, con el sellito de la oficina liquidadora tienes un fecha que dice que esto se registro el día tal, y las sospechas se acabaron.
Luego si vas a pagar cada mes, ponlo en el contrato, si vas a pagar cada año igual, y si tus padres te dicen que durante 3 años no pagues nada y empieces luego, pues eso. Y si ahora acordáis una cosa y luego se convierte en otra, es muy fácil se hace una modificación del contrato que diga”…..a partir de esta fecha la forma de pago será………”, y otra vez a la oficina liquidadora a registrar.
Luego dices: “Qué significa que el préstamo no tiene prenda ni garantía??”, que si haces un contrato con tus padres que dices que se lo devolverás mediante promesa, ellos solo tienen tu garantía de promesa, igual que un crédito bancario sin hipoteca, si quieres darles la casa en garantía deberías hacer una hipoteca a favor de ellos como si fusen un banco, si bien esto entre padres e hijos creo que es muy poco habitual.
Recuerda que puedes/podéis pactar lo que quieras en el contrato en cuanto a plazos y formas de pago, pero debes demostrar la forma de pago si algún día tienes inspección , por tanto te recomendaría que si acuerdas pagar cada mes, lo hagas por transferencia así tenemos la cuadratura del círculo, y si es trimestral o anual igual.