Acceder

¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

75 respuestas
¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
1 suscriptores
¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?
Página
1 / 10
#1

¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Tengo la posibilidad de que mis padres me presten el dinero que necesito para la compra de mi vivienda, en lugar de pedirlo al banco. Estoy mirando por Internet y parece ser que firmando antes un contrato ¿en la Agencia Tributaria? se hace sin problemas y puedo desgravar igualmente. Esto es legal, ¿verdad? me beneficiaría en todo, o hay algún perjuicio? NO Sería una donación, sino un préstamo, que pienso devolver con intereses.
Supongo que sólo tendría que pagar al Notario por las escrituras, pero nada de tasación ni nada, no?
La Comunidad Autónoma es Andalucía, por si ayuda en algo el saberlo.

#2

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Uff ya escribí un tema como este hace dos años, pero no me aclaré mucho(acabo de verlo por el foro). Quizás lo mejor sea consultar un abogado, pero a ver si alguien sabe.... aunque sea dónde puedo mirar o consultar (enlace web? me paso directamente por Hacienda??... )gracias

#3

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Debes ir a hacienda, pero no a la española sino a la andaluza.
Debes llevar fotocopia del DNI de tus padres.
Debes comprar un papel en hacienda (o en el estanco)(no recuerdo qué modelo es, pero lo preguntas en hacienda. En ese papel se dice qué cantidad te dejan y quién te lo deja.
Es mejor poner que no devuelves ese préstamo con intereses. Se puede hacer.
Creo recordar que también tienes que rellenar en un folio normal algo así como que fulanito me presta tanto dinero para comprar un piso y que se lo devolveré sin intereses.
Cuando entregas todo esto a hacienda, no pagas nada (sólo pagas el papel de hacienda, sobre unos 0,50 euros)
Ese préstamo funciona exactamente igual que si el dinero te lo dejara un banco.
No estoy seguro, pero supongo que el notario no debe poner nada de que tienes hipoteca. Y por supuesto que no hace falta que vaya un tasador a cobrarte un dinerito por la cara.
De todas formas, ve a hacienda (no española, sino andaluza) y preguntas por si acaso me estoy equivocando

#4

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Puedes formalizar un contrato de préstamo entre tus padres y tú perfectamente, no hace falta que sea en papel especial o timbrado. Es preciso que en él quede muy claro la cantidad prestada, el tipo de interés (puede ser tipo cero) y la forma y plazos de devolución. Y las devoluciones es muy importante que las hagas de tal forma que no pueda haber dudas de que se están realizando, bien por ingreso en la cuenta de tus padres, por una transferencia...

Lo que te ahorras: notario, registro, comisiones bancarias, tasación, posiblemente un tipo de interés más bajo... y si el préstamo lo hacéis sin prenda ni garantía, el impuesto de transmisiones. Este impuesto es obligatorio liquidarle, pero cuando el préstamo no tiene prenda ni garantía, se liquida con cuota cero, porque está exento.

Si tus padres te cobran intereses, no deben olvidarse de integrar estos en su IRPF.

Saludos.

#5

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Muchísimas gracias a los dos.
Qué significa que el préstamo no tiene prenda ni garantía??
entonces sale muy a cuenta.
Pagaría el notario y el registro de compraventa, y las escrituras no? la gestoría tampoco porque yo misma podría encargarme de llevar y traer los papeles...

#6

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

¿Cómo tributa un préstamo sin garantías entre particulares?

La concesión de un préstamo por un particular constituye una operación sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en la modalidad de "transmisiones patrimoniales onerosas", conforme al artículo 7.1.B) del Texto Refundido del Impuesto, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

No obstante el artículo 45.I.B.15 del Texto Refundido declara exentos del Impuesto "los depósitos en efectivo y los préstamos, cualquiera que sea la forma en que se instrumenten...", por lo que no existe obligación de pagar cuota tributaria alguna, aunque sí de presentar la autoliquidación del Impuesto (modelo 600).

SACADO DE LA PÁGINA WEB DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
POr lo tanto, entiendo que tendría que presentar el papelito, y rellenarlo, pero que me saldría a pagar "cero euros", tal como al.rodrigo me ha informado.
Muchas gracias de nuevo.
Pues eso es una pasta, me ahorraría 12.250 euros...

#7

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

El notarío no es muy caro para estos casos y te aseguras que todo quede perfectamente sentado. Un conocido mío hizo eso(Recomendado por un trabajador de Hacienda), se llama escritura de reconociento de deuda y creo que pagó unos 180 euros por 24000 de préstamo.

#8

Re: ¿Qué me ahorro con un préstamo familiar en lugar de hipoteca?

Si el contrato es privado (no va ante notario) si algún día tienes inspección fiscal te pueden decir que te acabas de inventar en contrato hace un par de horas, para evitar esto hay un sistema barato y es que para dejar constancia de que el contrato existe y no es donación encubierta, es que lleves el contrato a la oficina liquidadora del registro de la propiedad de tu domicilio, te liquidarán el contrato con un impreso modelo que es el 600, no pagaras nada porque los prestamos están exentos del impuesto de transmisiones (lo que paga son las hipotecas, o sea por hecho de hipotecar, no por el hecho de prestar).

¿Que hace la oficina liquidadora de la Comunidad Autónoma, cuyo delegado en cada localidad es el Sr. Registrador de la Propiedad?, pues le pone un sellito, te hace rellenar un impreso y queda constancia de que el préstamo existe desde aquel día, bueno tienes creo que 15 días desde la fecha del préstamo.

Imagínate que tienes problemas y dejas de pagar durante unos años para pagar más adelante, por tanto hacienda que casi siempre piensa mal, diría amigo esto es una donación y tu dirías no, no con mis padres hemos acordado que les pagaré dentro de 4 años (empezaré a pagarles), hacienda diría a ver el contrato, y tu les sales con un contrato que puedes haber redactado hace 20 minutos, o puede que verdaderamente lo redactaste ahora, con el sellito de la oficina liquidadora tienes un fecha que dice que esto se registro el día tal, y las sospechas se acabaron.

Luego si vas a pagar cada mes, ponlo en el contrato, si vas a pagar cada año igual, y si tus padres te dicen que durante 3 años no pagues nada y empieces luego, pues eso. Y si ahora acordáis una cosa y luego se convierte en otra, es muy fácil se hace una modificación del contrato que diga”…..a partir de esta fecha la forma de pago será………”, y otra vez a la oficina liquidadora a registrar.

Luego dices: “Qué significa que el préstamo no tiene prenda ni garantía??”, que si haces un contrato con tus padres que dices que se lo devolverás mediante promesa, ellos solo tienen tu garantía de promesa, igual que un crédito bancario sin hipoteca, si quieres darles la casa en garantía deberías hacer una hipoteca a favor de ellos como si fusen un banco, si bien esto entre padres e hijos creo que es muy poco habitual.

Recuerda que puedes/podéis pactar lo que quieras en el contrato en cuanto a plazos y formas de pago, pero debes demostrar la forma de pago si algún día tienes inspección , por tanto te recomendaría que si acuerdas pagar cada mes, lo hagas por transferencia así tenemos la cuadratura del círculo, y si es trimestral o anual igual.