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Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

30 respuestas
Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia
Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia
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#1

Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Hola,

acabo de heredar de mi abuela y estoy viendo sus cuentas corrientes. He visto que en 2007 hizo un cheque bancario de 60.000 euros a otra persona. Puedo reclamar-le esos 60.000 euros a esa persona?

#2

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Hasta su fallecimiento, cualquier persona puede disponer de su dinero como quiera.
Solo se podría reclamar a esa persona si ha habido engaño o abuso aprovechándose de la avanzada edad de otra persona.

#3

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Si, pero se trata de una donación de mucha cantidad sin especificar si fue una donación o un prestamo

#4

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Me encantan los foreros que dais cuatro datos (o menos) y dejan que otros adivinen lo que ha ocurrido.

Yo para no ser menos, voy a disparar también al aire:

"Alomejó" fue que se compro una autocaravana para recorrer mundo, la costó 60.000 euros y corresponde al pago.

Un saludo.

#5

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

A mi me encanta lo que dice batiscafo. Coño, es que es verdad, con 4 datos que te dan tienes tu que adivinar el problema.

#6

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

También podría ser la mitad de una deuda y que la otra mitad haya quedado pendiente de pago.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

De lo que respondeis deduzco tres cosas:

1- Puedo reclamar a la persona que recibió en función del concepto en que fue hecha la donación. Dependiendo del motivo de la donación podré reclamar o no

2- No sabeis contestar una pregunta sencilla, dando las posibilidades en cada caso

3- Quereis detalles porque os encanta saber de la vida de los demás

Quería un consejo de alguién que entendiera de leyes como otras veces encontré en este foro, pero ya veo que hoy he tenido mala suerte con los foreros que responden

#8

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Si fue una donación, no puedes reclamarle nada.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#9

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

1- No puedes reclamar nada.

2 - Las posibilidades son infinitas.

3 - La vida de los demás me importa una mierda y menos en un foro en que no se desvela ninguna identidad. Yo también he sufrido mucho, ¿a que también te importa una mierda?

Sobre lo demás, espero que tengas suerte y que alguien que entienda de leyes te eche un cable. Pero ya te contestaron no hace mucho en este foro y al parecer no quedaste satisfecha. También puedes acudir a un abogado que las leyes son su profesión.

https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2941461-puede-incluir-herencia-donacion-vida-210-000-euros-no-justificada

https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/2971371-cuando-puede-reclamar-testamento-donacion-vida-no-justificada-herencia#respuesta_2971850

Un saludo.

#10

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Código civil:

Artículo 634

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

Artículo 636

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento.

La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

Sentencia AP de Alicante:

La limitación que impone este artículo se comprende poniéndola en relación con el concepto de legítima y completándolo con lo dispuesto en los artículos 654, 655 y 656. Contempla la donación oficiosa, que se reduce en cuanto al exceso. La legítima es una limitación de derecho sucesorio a la facultad de disponer del testador. Este puede disponer de sus bienes mortis causa, pero una parte de los mismos debe ser a favor de los legitimarios: es la legítima; el resto es la parte de libre disposición, que puede disponer de la misma a favor de quien decida el propio testador. La legítima se calcula, según dispone el artículo 818, computando su cuantía respecto al relictum y al donatum; el relictum es valor líquido de los bienes a la muerte del causante; el donatum es el valor de los bienes donados en vida del mismo. Si cuando se hace este cálculo, aparece que no pueden atribuirse las legítimas porque no hay bienes suficientes en el relictum, debe reducirse el donatum. En otras palabras, aparece que las donaciones son inoficiosas, por lo que deben reducirse.

Por tanto, el donante que cumple las limitaciones de los artículos 634 y 635 puede hacer donaciones. Pero en el momento de la muerte, puede resultar que los legitimarios no perciban el total del quantum de su legítima con el relictum y entonces habrá que reducir por inoficiosas las donaciones que hizo en vida. Así, la donación que fue válida y eficaz al tiempo de hacerse, quizá sea rescindida al tiempo de la muerte del donante, por inoficiosa. Lo cuál implica que nunca se podrá impugnar por inoficiosa una donación al tiempo de hacerse, sino que habrá que esperar a su muerte. Una persona puede hacer donaciones cuantiosas, pero si se enriquece antes de morir y se cubren las legítimas, aquellas no serán inoficiosas; otra pueda hacer donaciones que parecen normales de acuerdo con su fortuna y si se arruina antes de morir, pueden ser declaradas inoficiosas al no percibir su legítima completa los legitimarios.

En tu caso, eres legitimario, y a lo que habría que estar es si con esa donacion se respetan las legitimas. Si habeis heredado mas de 120.000 euros, los 60.000 euros se corresponderían con el tercio de libre disposicion, por lo que no habría nada que rascar. Si la herencia fuera menor, la donacion sería inoficiosa en el exceso proporcional ( es decir, si la herencia es 100.000, seria inoficiosa en 10.000 euros).

Caso aparte es que el donatario de los 60.000 euros fuera tambien heredero, y la abuela no lo hubiera dispensado de colacionar (que viene a ser como considerar lo recibido como anticipo de la herencia, y siempre respetando las legitimas vistas antes). En ese caso, antes de repartir se suman los 60.000 euros como si estuvieran aun en la herencia. Si a esa persona le corresponde por herencia más de lo que ya ha recibido por donacion, percibe solo la diferencia. Si por herencia le corresponde menos, el exceso es donacion inoficiosa y deberá reintegrarlo a los coherederos.

Si finalmente podeis demostrar que fue un préstamo, el derecho de crédito que tenia la abuela es un activo más de su herencia, y lo podeis reclamar al deudor, en los mismos terminos que tuviera pactado con la abuela. Si el deudor fuera coheredero, se extingue la obligación por confusión (concurrencia en la misma persona la condicion de deudor y de acreedor), y siempre en la medida que lo heredado cubra la deuda.

Espero que te sirva para entender mejor las opciones posibles, y que seguro que un abogado te podrá profundizar algo más que lo que puedas obtener en un foro altruista.

Saludetes

#11

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Si, pero cuando hay una donación de una cantidad así por lo que se se tiene que documentar y pagar un impuesto de donación. Si no es así se puede reclamar como un prestamo porque la otra persona no puede demostrar que fuera realmente una donación. Me equivoco?

#12

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Muchas gracias Rakam

#13

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Sí, te equivocas. Es como pretender que una vivienda que no ha pagado sus impuestos está alquilada en vez de vendida.
Si lo que pretendes es que el donatario adquirió una deuda con el donante, tendrás que demostrarlo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#14

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Yo ya me esforcé en contestar las otras veces, esta vez ya no me molesto. Es verdad que lo menos que se puede pedir es que se pregunte dando datos y antecedentes suficientes, y que ya de paso no se falte al respeto encima por no poder hacerlo, en fin...

Un saludo

#15

Re: Reclamar cheques en vida de difunto - Herencia

Cierto. Es mejor no perder el tiempo con estas cosas.
Yo creía que era una pregunta ingenua la que hace en el primer mensaje:

"acabo de heredar de mi abuela y estoy viendo sus cuentas corrientes. He visto que en 2007 hizo un cheque bancario de 60.000 euros a otra persona. Puedo reclamar-le esos 60.000 euros a esa persona?"

Ahí no se habla de donación, y menos a otro heredero, puesto que dice que heredó ella sola: "acabo de heredar de mi abuela"
Luego parece que no es así y todo está confuso, pero no quiere dar los datos necesarios para entenderlo.
Pero si se le pregunta dice que queréis husmear en la vida de las personas:

¡FISGONES, QUE SOIS UNOS FISGONES!

Guía Básica