el problema fiscal que te comentaba era el siguiente, ...... veo que efectivamente son 22.000 € y no 220.000 ....
el vendedor si en lugar de poner 22.000 en la escritura pone 40.000 (los 22 + gastos unos 3.000 y los 15.000 para el "arreglo") va a tener esto, una venta de 40.000 €, en primer lugar tiene que justificar ante notario como lo cobra .... luego si la casa la compró por 20, o la heredó por pongamos 15, hasta todo lo que pase de su valor de coste, que es la compra + gastos, es beneficio para él y tributará el % que le corresponda en la declaración de renta por un supuesto beneficio que no tiene, porque en realidad lo que cobra son 22.000 .....
Me preguntarás, porque no se puede poner 22.000 en la escritura de compra y 40.000 en la de hipoteca, pues porque esto va a "chirriar" en el registro, se cuestionarán como es posible que se compre algo cuyo valor son 22.000 €, al menos es el precio "de mercado", porque será éste el que consta entre comprador y vendedor y un banco que estas cosas de las mira .... presta casi el doble !!!!!!!!!!!!!!!!!
Por tanto tienes dos soluciones, caso de que el banco acceda a prestarse el doble del precio de compra, de lo cual tengo mis dudas, no por el importe que es muy bajo para una casa, sino simplemente por un tema de concepto, prestar el doble del precio de coste ..............
1 - Escriturar por 22.000 € y liquidar los impuestos por 40.000 €, en cuyo caso el registro nada objetará porque su cometido son los impuestos, es más si la casa alguien te la regalara, el registro no tiene ningún interés en saber el porque, si te regalan o venden barato, es un tema entre comprador y vendedor, lo que no se puede "regalar" son los impuestos.
2 - Hacer una primera hipoteca de 22.000 € y nacto seguido, al poco, una segunda como ampliación para realizar el proyecto de reformas, pero en ello corres el riesgo de que el banco luego no acepte.