Re: Devolución cláusula suelo Banco Popular
Te ingresaron hasta la fecha?
Te ingresaron hasta la fecha?
Enhorabuena,ojalá te lo calculen bien.Suerte
A mi me quitaron la cláusula suelo automáticamente el año pasado, así que me han ingresado todo lo que me correspondía, estaba bien hecho el cálculo.
Muchas gracias. Ya tengo el calculo. Todo correcto. 6.500€ a elegir entre ingreso en cuenta o amortizacion.
Mañana les devuelvo la documentacion firmada.
Han tardado pero se han portado bien.
Suerte a los que todavia no os han contestado.
Después de una semana que hace mañana firmamos el acuerdo hoy lo han ingresado.Ahora toca reclamar los meses de marzo a julio que no los han ingresado.suerte a todos
Yo firmé ayer y tengo el dinero en cuenta hoy mismo.
Que rapidez!!!!
Buenas a tod@s:
lleco tiempo siguiendo este hilo porque estoy en vuestra misma situación. Hoy, tras 3 meses y medio desde que puse la reclamación, me han contestado favorablemente. El cálculo es aproximadamente el que yo me hacía, me doy por "contento". Me interesa la opción de quitarme capital de la hipoteca (muy alta la letra), pero veo que todos preferís que os ingresen el dinero. Nadie pide esa opción? O hay algo que yo no sepa? Me han dicho en la sucursal que si pides quitarlo del capital no te pide Hacienda que devuelvas las cantidades por deducción de primera vivienda. Es así?
Muchas gracias.
Buenos días,
Es correcto, si se alcanza un acuerdo en el seno del RD 1/2017 por el que se amortiza capital, dicho importe queda excento de tributación. Te pego el texto del RD 1/2017:
«Disposición adicional cuadragésima quinta. Tratamiento fiscal de las cantidades percibidas por la devolución de las cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos derivadas de acuerdos celebrados con las entidades financieras o del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales.
1. No se integrará en la base imponible de este Impuesto la devolución derivada de acuerdos celebrados con entidades financieras, en efectivo o a través de otras medidas de compensación, junto con sus correspondientes intereses indemnizatorios, de las cantidades previamente satisfechas a aquellas en concepto de intereses por la aplicación de cláusulas de limitación de tipos de interés de préstamos.
2. Las cantidades previamente satisfechas por el contribuyente objeto de la devolución prevista en el apartado 1 anterior, tendrán el siguiente tratamiento fiscal:
a) Cuando tales cantidades, en ejercicios anteriores, hubieran formado parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual o de deducciones establecidas por la Comunidad Autónoma, se perderá el derecho a practicar la deducción en relación con las mismas, debiendo sumar a la cuota líquida estatal y autonómica, devengada en el ejercicio en el que se hubiera celebrado el acuerdo con la entidad financiera, exclusivamente las cantidades indebidamente deducidas en los ejercicios respecto de los que no hubiera prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación, en los términos previstos en el artículo 59 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, sin inclusión de intereses de demora.
No resultará de aplicación la adición prevista en el párrafo anterior respecto de la parte de las cantidades que se destine directamente por la entidad financiera, tras el acuerdo con el contribuyente afectado, a minorar el principal del préstamo.
Saludos,
Federico Wahnich
Muchas gracias por la respuesta.
Buenas, me decidí en comentar otra vez debido a la segunda respuesta que nos han dado desde el CRS, después de comentarnos que nos tocaba por devolución 325€ aún y cuando solo han incluido el año 2015 y 2016, el director del banco escribió un correo a CRS comentando su incorfomidad con dicha respuesta el día 1 de agosto, nos han respondido que han hecho el cálculo otra vez y que no encuentran error alguno, que ellos no modificarán la decisión y que eso es lo que corresponde, se lo he comentado al abogado y me ha dicho, "yo como tú abogado te digo que está mal, aunque hayáis firmado cualquier documento eso está incorrecto, no te preocupes, recuperaras todo lo que te corresponde" a decir verdad estoy como ahogado dando manotazos y esperanzado "a ese salvar vidas" que me ha comentado el abogado, rezando porque todo sea como el dice para poder subsanar muchas deudas, sin más, y agradeciendo vuestra lectura,
Un Saludo.
Mucha suerte Cavallier! Un saludo
Muchas gracias Cristina, a decir que la hipoteca es desde el 24/05/2004 y en su momento la letra llego a ser de 877€, que digan que está bien me huele a timo, pero como he comentado, si el abogado tiene el tema en sus manos tendremos que esperar a ver qué soluciona, si no, a esperar que nos vengan a sacar de casa.
Un saludo.
Yo tambien tengo hipoteca desde el 2004, pero sólo me aplican clausula suelo desde el 2010, qué es cuando está por debajo de mi tipo de interes, así que he firmado y está semana me Han devuelto Han tardado sólo 5 dias en devolver. Saludos
Te han hecho bien el cálculo? Has recibido lo que tenías pensado que era?
Yo estoy en un punto que no puedo dormir, llevamos 4 meses con mi mujer que no nos hablamos y no hacemos nada juntos, en parte debido a este tema, al final, nos quitaran la casa, y separaran una familia.
Si, es correcto utilice varias calculadoras de webs y el importe es practicamente el mismo!