Hola.
No es tan sencillo.
El seguro de impagos no es indefinido, Salvarias el primer año, o dependiendo del seguro el segundo, pero a partir de ahí no puedes hacer nada mas. Un aval tampoco, el aval solo cubre su importe. Y tampoco vas a poder alquilar si la cantidad que pides de aval es mayor que el contrato en vigor, y en todo caso es como el seguro de impago.
Lo de ocupar la casa para necesidad propia tiene que estar recogido en el contrato (es un cambio que se produjo en la ley) y ademas tiene que ser una situacion sobrevenida. No vale que quieras vivir ahi porque si. Es un tema que hace años era facil, y ahora es casi imposible si el inquilino es espabilado.
Respecto a no poder echarlos ni con agua caliente: En general viene todo por los cambios introducidos por decreto. El tema es que la ley que esta vigente solo prorrogaba la limitacion de desahucios por un mes o dos (creo recordar). Realmente un mes, dos o tres no es gran cosa, asi que no reperesentaba un problema. Pero eso ya es papel mojado (lo ha sido desde el covid). Desde el 2020 el gobierno ha ido encadenando decretos de tal manera que si no te pagan e intentas desahuciar se paraliza en el juzgado si el inquilino quiere y cumple unas condiciones. Te quedas a merced de que el inquilino no se quede en desempleo y gane mas que 3 iprem's. En ese caso, si el inquilino es avispado, te quedas sin el uso del piso (como dije, hasta que la CCAA encuentre solucion habitacional, que puede ser nunca). Tambien es verdad quela CCAA te deberia pagar lo que no te paga el inquilino (pero eso tambien esta sujeto a plazos y disponibilidad presupuestaria). Realmente nadie sabe si eso se va a hacer indefinido con la ley nueva (ahora es hasta el 30 de junio), pero pinta tiene. Y como repita Antonio, olvidate del piso.
Ya te digo, hace un mes iba a comprar un piso alquilado a dos ancianos, con buena pension. Incluso en ese caso, no encajando en los preceptos de la ley (la ley especifica desempleo o caida de benficios pronunciada, u otras circunstancias similares, y por eso fui a consultarlo), el abogado me dijo qe eso era un coladero, y si los ancianos no querian irse o dejaban de pagar, que pensase que hay muchas posibilidades de ser propietario de algo que es mio, que voy a tener que pagar impuestos, mantenimiento y comunidad, pero que no voy a poder vender (porque nadie querra comprarlo), usar ni cobrar nada de ello hasta que los ancianos fallezcan. Asi me lo pintó.
Como me lo pintó tan feo, fui a otro abogado muy recomendado, y me lo pintó aun peor.
Como te dije, encontraras gente que te diga que no pasa nada, que llevan haciendolo toda la vida y aqui sigo sin problemas, pero la realidad es que las experiencias anteriores a 2020 no valen, que es tu dinero, y tu eres el que se queda sin él. Si esta legislacion hubiera existido en 2011, 2012, 2013... los pisos hubieran caido mas aun y el precio de los alquileres no habria bajado por aquel entonces. En vez de manifestaciones de la PAH, habria habido manifestaciones de propietarios con inquiokupas y sin ver un duro.
Y no descartes que eso ocurra a partir del año que viene si Antonio sigue en la moncloa. Mas de un jubilado que complementa su pension con uno o dos alquileres pueden llegar a pasarlas muy puñeteras a poco que la nueva ley recoja lo que esta ahora en vigor.