#1
Duda clausula hipoteca fija
Buenos dias
Les escribo para ver si me pueden ayudar a entender una clausula de una hipoteca fija al 1.45% que va a firmar un familiar proximamente. Entendemos el punto 1 (es el dinero que le prestan) pero no entendemos que quieren decir el resto de puntos y si tiene que pagarlos o solo si hubiese una ejecucion o un problema
"Sin perjuicio de la responsabilidad personal ilimitada de la parte prestataria en cumplimiento del
presente contrato, D. XXXXX constituye hipoteca voluntaria sobre la finca descrita en el Expositivo Primero de esta escritura, a favor del BANCO, que la acepta,
en garantía de la restitución de
TOTAL:
1) [CUARENTA Y TRES MIL EUROS] ([43.000,00] €), importe principal del préstamo.
2) Un año de intereses remuneratorios, calculados conforme a las Cláusulas Financieras
TERCERA, "Intereses ordinarios" y TERCERA BIS, "Tipo de interés fijo”, si bien, a los únicos
y exclusivos efectos de determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses,
éstos solo quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del [1,45] % anual, que
asciende a [SEISCIENTOS VEINTITRES EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS] ([623,50] €).
3) Tres años de intereses moratorios, calculados conforme a lo convenido en la Cláusula
Financiera SEXTA, "Intereses de demora'', si bien, a los únicos y exclusivos efectos de
determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses de demora, estos solo
quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del [4,45]% anual, que asciende
a [CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS ]
([5.740,50]€).
4) [DOS MIL CIENTO CINCUENTA EUROS ] ([2.150,00] €). que se fijan para costas, y [DOS
MIL CIENTO CINCUENTA EUROS] ([2.150,00] €) que se fijan para gastos, incluidos en estos
últimos los conceptos a que se refiere la Cláusula OCTAVA, "Seguros, tributos y conservación
de la finca hipotecada", y cualquier otro gasto relativo a la finca hipotecada que pudiera ser
preferente al crédito del acreedor.
En todo caso, en el supuesto de ejecución de vivienda habitual, las costas exigibles al deudor
ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la demanda ejecutiva."
Muchas gracias de antemano por su ayuda
Les escribo para ver si me pueden ayudar a entender una clausula de una hipoteca fija al 1.45% que va a firmar un familiar proximamente. Entendemos el punto 1 (es el dinero que le prestan) pero no entendemos que quieren decir el resto de puntos y si tiene que pagarlos o solo si hubiese una ejecucion o un problema
"Sin perjuicio de la responsabilidad personal ilimitada de la parte prestataria en cumplimiento del
presente contrato, D. XXXXX constituye hipoteca voluntaria sobre la finca descrita en el Expositivo Primero de esta escritura, a favor del BANCO, que la acepta,
en garantía de la restitución de
TOTAL:
1) [CUARENTA Y TRES MIL EUROS] ([43.000,00] €), importe principal del préstamo.
2) Un año de intereses remuneratorios, calculados conforme a las Cláusulas Financieras
TERCERA, "Intereses ordinarios" y TERCERA BIS, "Tipo de interés fijo”, si bien, a los únicos
y exclusivos efectos de determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses,
éstos solo quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del [1,45] % anual, que
asciende a [SEISCIENTOS VEINTITRES EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS] ([623,50] €).
3) Tres años de intereses moratorios, calculados conforme a lo convenido en la Cláusula
Financiera SEXTA, "Intereses de demora'', si bien, a los únicos y exclusivos efectos de
determinar un máximo de responsabilidad hipotecaria por intereses de demora, estos solo
quedarán garantizados hipotecariamente hasta un máximo del [4,45]% anual, que asciende
a [CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA EUROS Y CINCUENTA CENTIMOS ]
([5.740,50]€).
4) [DOS MIL CIENTO CINCUENTA EUROS ] ([2.150,00] €). que se fijan para costas, y [DOS
MIL CIENTO CINCUENTA EUROS] ([2.150,00] €) que se fijan para gastos, incluidos en estos
últimos los conceptos a que se refiere la Cláusula OCTAVA, "Seguros, tributos y conservación
de la finca hipotecada", y cualquier otro gasto relativo a la finca hipotecada que pudiera ser
preferente al crédito del acreedor.
En todo caso, en el supuesto de ejecución de vivienda habitual, las costas exigibles al deudor
ejecutado no podrán superar el 5% de la cantidad que se reclame en la demanda ejecutiva."
Muchas gracias de antemano por su ayuda