#1
Propuesta de liquidación provisional
Buenas tardes,
Escribo por aquí ya que ando bastante perdido y veo que el tema a tratar es bastante recurrente, pero creo que cambia según hablemos de fechas, CCAA y otros menesteres, paso a explicar mi caso.
Hoy recibo una carta de la oficina liquidadora de mi localidad indicando que hay un error en la autoliquidación de los actos jurídicos, concretando datos llegamos a que:
En diciembre de 2019 adquiero mi vivienda en Madrid por un valor de 135500€, en enero la notaría presenta los documentos, todo esto a través de una empresa que movió los papeles, por tanto, mi labor consistió en presentar nóminas, documentación personal y posteriormente acudir a notaría. El banco elegido realizó la tasación delegando ellos mismos el tasador deseado, que tasó la vivienda en 151484€. En su momento la gestora me prepara el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados por valor de 7317€.
La carta de hoy me indica lo que muchos ya imaginan, que la administración basándose en el artículo 57 de la ley 58/2007 ap1 g) considera que mis impuestos tenían que haber sido liquidados por el valor total de tasación y me insta a pagar junto con los intereses correspondientes 918.03€ o presentar alegaciones.
Estoy en contacto con la gestora que aún está pendiente de respuesta, sin embargo tengo un buen conocido letrado que me ha indicado que, sin entrar en detalle, posiblemente la liquidación fuese incorrecta a través de la gestora y que en aquel momento era correcto calcular sobre valor de tasación como valor de referencia y no sobre valor de compra venta.
Dado que hay mucha gente con amplios conocimientos ¿me recomiendan llevar a cabo alguna opción fuera de aceptar el pago de los 918€?
Comprendo que si está mal tendré que asumir pero tampoco es que esté deseoso de pagar lo antes posible.
Muchas gracias.
Escribo por aquí ya que ando bastante perdido y veo que el tema a tratar es bastante recurrente, pero creo que cambia según hablemos de fechas, CCAA y otros menesteres, paso a explicar mi caso.
Hoy recibo una carta de la oficina liquidadora de mi localidad indicando que hay un error en la autoliquidación de los actos jurídicos, concretando datos llegamos a que:
En diciembre de 2019 adquiero mi vivienda en Madrid por un valor de 135500€, en enero la notaría presenta los documentos, todo esto a través de una empresa que movió los papeles, por tanto, mi labor consistió en presentar nóminas, documentación personal y posteriormente acudir a notaría. El banco elegido realizó la tasación delegando ellos mismos el tasador deseado, que tasó la vivienda en 151484€. En su momento la gestora me prepara el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados por valor de 7317€.
La carta de hoy me indica lo que muchos ya imaginan, que la administración basándose en el artículo 57 de la ley 58/2007 ap1 g) considera que mis impuestos tenían que haber sido liquidados por el valor total de tasación y me insta a pagar junto con los intereses correspondientes 918.03€ o presentar alegaciones.
Estoy en contacto con la gestora que aún está pendiente de respuesta, sin embargo tengo un buen conocido letrado que me ha indicado que, sin entrar en detalle, posiblemente la liquidación fuese incorrecta a través de la gestora y que en aquel momento era correcto calcular sobre valor de tasación como valor de referencia y no sobre valor de compra venta.
Dado que hay mucha gente con amplios conocimientos ¿me recomiendan llevar a cabo alguna opción fuera de aceptar el pago de los 918€?
Comprendo que si está mal tendré que asumir pero tampoco es que esté deseoso de pagar lo antes posible.
Muchas gracias.