Amortización hipoteca vivienda VPO Plan 2009-2012
Antes de nada, felicitaros por el gran trabajo clarificador que hacéis, ya que os vengo siguiendo desde hace algún tiempo.
Lo que me ha decidido a registrarme, es que en 2009 adquirí una vivenda de VPO, escriturando en 2010 y por la cual me concedieron unas ayudas estatales y autonómicas, así como la subsidiación mensual correspondiente del Ministerio de la Vivienda. Pues bien, ahora que está terminando el 2011 y de cara a la deducción por inversión en vivienda habitual, me dirigí a la entidad bancaria con la que firmé la subsidiación del préstamo hipotecario, y me han dicho que antes de 5 años, no puedo amortizar cantidad alguna.
Según tenía entendido, no podía amortizar más de un 40% del préstamo hipotecario en los primeros 5 años de vigencia del mismo, pero en ningún momento, me habían comentado que durante los primeros 5 años, no podía efectuar amortización alguna. La pregunta para los exportos, ¿tiene razón mi entidad bancaria?, o por el contrario está interponiendo la máxima cantidad de trabas posibles con la finalidad de que no realice amortización alguna?
En la escritura viene recogido que efectivamente durante los primeros 5 años de vigencia de la hipoteca, no puedo realizar amortización alguna que valga, sin embargo otros posibles "ententidos" en la materia, me dicen que esa clásula es ilegal y que el Plan General de la Vivienda 2009 - 2012 (el cual me es de aplicación), tan sólo viene recogido que no puedo amortizar más de un 40% en los primeros 5 años.