El ex president de la Generalitat pasó ayer su tercera noche en la prisión de Neumünster (Alemania)
convencido de que «no será entregado a España», según aseguran fuentes de su entorno. Pero, por lo que pueda pasar, su defensa está decidida a agotar todas las vías legales que le ofrece el ordenamiento germano y el comunitario para impedir que sea puesto a disposición de la Justicia española. La Fiscalía del estado de Schleswig debe ahora examinar detalladamente la documentación remitida por el Ministerio Público español antes de decidir si la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) cursada contra el ex president está justificada o no. Si la respuesta es afirmativa, solicitará a la Audiencia Territorial del citado lander que autorice la extradición para que sea juzgado por los delitos de rebelión y malversación, como reclama el juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena, que investiga a los principales responsables del proceso independentista catalán.
A partir de entonces, la pelota está en el alero del citado tribunal.
Si accede a la entrega, la defensa tiene previsto poner en marcha una batería de recursos ante tres instancias distintas para intentar «tumbar» esa hipotética euroorden. La primera, ante una instancia superior (equivalente a los tribunales superiores de justicia españoles); la segunda, ante el Tribunal Constitucional alemán y la tercera, ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), al que solicitaría que paralizase de forma cautelarísima la extradición de Puigdemont para evitar daños irreparables. En los dos primeros casos, esos recursos paralizarían la entrega a la espera de su resolución y en el tercero, aunque esa medida cautelar no está incluida en el Convenio Europeo de Derechos Humanos firmado por España, sino en el reglamento del TEDH, los países miembros están obligados a «no poner traba alguna al ejercicio eficaz de este derecho», según recoge el artículo 34 del convenio en relación a las demandas planteadas ante la corte de Estrasburgo.
Puigdemont –que ayer recibió la visita de su abogado, Jaume Alonso-Cuevillas, y del letrado que defiende a los ex consellers fugados Toni Comin y Meritxell Serret– se encuentra «con buen ánimo, sereno, firme y con las ideas muy claras», según fuentes próximas al ex president. Pese a la decisión de la juez de primera instancia de Neumünster de acordar su prisión provisional,
«es absolutamente optimista y está dispuesto a esperar y a pelear». Las autoridades penitenciarias le han asignado una celda individual y, según afirman, el trato recibido ha sido «exquisito y todo han sido facilidades». Los letrados le han facilitado ya un listado de teléfonos de familiares y personas cercanas para que pueda telefonearlas haciendo uso de su derecho a las comunicaciones como un recluso más del centro penitenciario.
Cautelarísma del TEDH
El artículo 39 del reglamento del TEDH –al que prevé acogerse Puigdemont– contempla la posibilidad de adoptar «cualquier medida cautelar» en beneficio del demandante o «del buen desarrollo del procedimiento» a cualquier país firmante del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esta medida excepcional sólo se aplica ante el riesgo inminente de un daño irreparable y suele adoptarse en su mayor parte a casos de extradiciones y expulsiones. Aunque sin prejuzga una decisión sobre el fondo del asunto, la medida cautelar suspendería la entrega mientras se resolviese la demanda de Puigdemont, que alegaría la vulneración de un proceso con todas las garantías (artículo 6 del convenio) si se consumase su puesta a disposición de la Justicia española.
Este supuesto no es habitual, pues lo normal es que los demandantes de esta cautelarísima recurran al TEDH denunciando amenazas contra su vida o malos tratos. Pero si el tribunal considera que existe un riesgo «flagrante» de denegación de justicia en caso de extradición, acordará esa medida y la entrega quedaría suspendida sine die.
Sin embargo, algunos precedentes juegan en contra del ex president. En primer lugar, es excepcional que se aplique para impedir que se lleve a cabo la entrega del demandante a un país miembro del Consejo de Europa (pues se presume que todos los firmantes del convenio garantizan los derechos incluidos en el mismo). En segundo lugar, la mayoría de las peticiones de cautelares se rechaza. En los últimos tres años, según datos del propio TEDH, sólo el 7,5 por ciento han sido aceptadas (407 de 5.413 planteadas).
Leer más:
El «triple dique» de Puigdemont para frenar la euroorden
https://www.larazon.es/espana/el-triple-dique-de-puigdemont-para-frenar-la-euroorden-JG17994962?sky=Sky-Marzo-2018#Ttt1CsfRh0mlgsSS
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