Alguien me podria acarar un poco el termino que llevo leyendo desde hace unos dias de " tienes que aceptar el canje OBLIGATORIO" de las P.Preferentes por acciones..........
Si me obligan a canjear las P.Preferentes por acciones, da igualque lo acepte o no lo acepte, no?, ello me las cambian por sus santos bemoles......... diga yo lo que diga al respecto.
Ahora si resulta que el canje en primera instancia no es obligarotio, pero esta Gentuza me quiere hacer creer que si lo es, si puedo entender lo de aceptar por parte del preferentista dicho canje...................... de esta forma, si yo acepto el caje de forma voluntaria por acciones, se rescinde el contrato de la P.Preferentes y ya veremos si luego tengo alguna opción a reclamar algo.
Será por esto que según ultimas noticias, para poder acogerse al "teorico" arbritraje que van a dar en Bankia, PRIMERO hay que aceptar de forma voluntaria el canje y despues de esto, solicitar dicho arbitraje?????....................