Re: La llaman la "bienpagá" ....
con ese sueldo, no hace falta que le diga que sonria para hacerle la foto
con ese sueldo, no hace falta que le diga que sonria para hacerle la foto
Mira, Thelmo, te he puesto un "me gusta" porque no puedo ponerte 7, o 70, o 7.000. Ni el pueblo de Madrid, ni el pueblo español, ni nadie, merece el castigo de ser regido por ésta panda de ladrones y de psicópatas desalmados. Son la hez de la sociedad. Por eso se ceban y se ensañan con nosotros, la aristocracia del mérito, del sudor, del trabajo, de la decencia y del esfuerzo.
Silvia C. la contestación a tu pregunta esta en el foro de Antonio y es esta........
A la atencion de SILVIA C.
(Y para aprovechamiento general).
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Hace tres dias, me vi obligado a hacer una pregunta a mi abogado, para informar a todos los "dudantes". Gentes desde el foro y lectores de mi blog, que me llaman porque aún siguen perdidos y dudando. Va para ellos.
La pregunta fue es esta:
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¿Si no hago caso ni al CANJE ni al ARBITRAJE, pierdo el derecho a DEMANDAR?.
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Aqui la respuesta:
Estimado Antonio,para ser más concretos en cuanto a tu pregunta indicarte lo siguiente:
1. El Real Decreto 24/2012 establece en su artículo 47 :
Artículo 47. Derechos de los inversores afectados por una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
1. Fuera de lo dispuesto en el artículo 69, los titulares de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada afectados no podrán iniciar ningún otro procedimiento de reclamación de cantidad con base en un incumplimiento de los términos y condiciones de la emisión correspondiente, si dichos términos han sido afectados por una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada acordada por el FROB y la entidad está cumpliendo con su contenido.
2. Fuera de lo dispuesto en el artículo 71.1, los titulares de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada afectados no podrán reclamar de la entidad ni del FROB ningún tipo de compensación económica por los perjuicios que les hubiera podido causar la ejecución de una acción de gestión de instrumentos híbridos de capital y de deuda subordinada.
Artículo 48.
2. Se entiende por instrumentios hibridos de capital, las participaciones preferentes, entre otros.
3. El canje, llamado en el decreto “ acciones de gestión de instrumentos hibridos” puede ser voluntario, ( artº 38) u obligatorio o vinculante, ( artº 41-2)
4. Si el canje, como es previsible y normal , es obligatorio a aquel que le obliguen a hacer el canje ya no puede reclamar una indemnización, compensación o por la diferencia entre lo percibido en acciones y lo que tenia depositado.
5. Las reclamaciones que se hacen es por nulidad del contrato no por compensaciones, es un vacio legal no contemplado en el Real Decreto, por eso no soy muy partidario de reclamar indemnizaciones pues entiendo que están prohibidas.
Espero haber resuelto tus dudas.
Un abrazo
Pedro Chamorro
c/ Velázquez nº 53 5º Izda.
28001.- MADRID.-
Tfonos (34) 91 436 07 52
Fax (34) 91 431 50 24
La duda de Silvia, según yo entiendo; no es si se puede o no reclamar una compensación; sino si se puede demandar via civil por vicio en consentimiento para pedir la nulidad del contrato si te hacen el canje "automático"
La duda ha surgido, porque como hay avalancha de demandas, hay abogados que están colapsados y no saben si les va a dar tiempo a presentar la demanda antes de que ocurra el canje.
Por otro lado como aportación, y según mi abogado; si presentas la demanda antes del canje (aunque no haya dado tiempo a admitirla a trámite) ya está encarrilada y todo en marcha.
Un abrazo: Raquel
Tiene tanto a quien parecerse......fisicamente, claro.
Como dos gotas de agua, La Pili y la Mili. Asi le va de bien a ella.
Desgraciadamente, seria una manera de frenar el numero de demandas en los juzgados. Y desde luego, haran todo lo posible por hacerlo, de ahi que incomprensiblemente quieran realizar el canje antes del arbitraje. Este hecho es sumamente inquietante.
Para empezar, primero
Los sindicatos convocan huelga el 6 febrero en tres banco
Los principales sindicatos del sector financiero español acordaron el lunes convocar manifestaciones y paros parciales en enero que culminarán en la convocatoria de una huelga el 6 de febrero en tres entidades nacionalizadas como protesta contra los despidos de miles de trabajadores en el sector.
"Hemos acordado manifestaciones el 23 de enero por la tarde para el conjunto del sector financiero y para Bankia, NovaGalicia Banco y Banco de Valencia se han convocado paros parciales el 30 de enero y un huelga el 6 de febrero", dijo José María Martínez, secretario general para el sector financiero de Comisiones Obreras, en rueda de prensa.
Los paros parciales y las huelgas se ha convocado para siete ciudades españolas, entre las que destacan Madrid y Valencia, donde Bankia cuenta con la mayor presencia.
El sector financiero español castigado por el estallido de la crisis inmobiliaria hace cinco años tuvo que ser rescatado en junio del año pasado con un crédito de sus socios de la eurozona por hasta 100.000 millones de euros.
En diciembre, las autoridades españolas recibieron en torno a 40.000 millones de euros para sanear los balances de las principales entidades afectadas por los dañados activos inmobiliarios en el balance a cambio de reducciones de hasta un 60 por ciento en su negocio y fuertes recortes de plantilla.
Bankia, receptor de unos 18.000 millones de euros en ayuda europea, -- y que tiene previsto reducir 6.000 empleos mediante despidos y externalizaciones -- tiene hasta el 6 de febrero para cerrar el expediente de regulación de empleo con los sindicatos.
Fuentes sindicales manifestaron que Bankia tenía previsto pagar por los 4.900 despidos previstos unos 300 millones de euros, la misma indemnización que por la destitución de 50 directivos.
A la huelga del 6 de febrero, en un sector en el que las protestas son muy infrecuentes, no se suma la también nacionalizada Catalunya Banc, cuya subasta sigue de momento en proceso, al no haberse iniciado todavía las negociaciones formales con los sindicatos sobre recortes de plantillas.
Los sindicatos convocantes de la huelga, CCOO, FES-UGT, CSICA, CGT y la Confederación de Cuadros, convocante de las protestas, denunciaron el lunes ante la prensa desconocer las supuestas condiciones concretas impuestas por Bruselas en lo referente a los números de despidos.
"No se puede amenazar a los empleados con despidos que contemplen indemnizaciones de hasta 20 días por año trabajado y que se pretenda luego que estas entidades tengan valor (...) se está poniendo en riesgo la viabilidad de las mismas", manifestó Martínez, que consideró que la inyección de dinero público no debería servir para los despidos indiscriminados de los trabajadores.
Desde el estallido de la crisis financiera en 2007, el número de empleados en el sector financiero español se ha reducido desde los 270.000 a los 238.500 empleados a finales de 2012 y los 218.500 trabajadores con que se podría cerrar 2013 si se sigue avanzando en el ritmo de despidos planteados, según datos de CCOO.
Esto supondría volver a unas plantillas a niveles de 1975, según este sindicato.
"Los ciudadanos y los trabajadores no deberían tolerar más inyecciones de dinero público cuando no se garantiza el empleo de los trabajadores y además se imponen fuertes pérdidas particulares en inversiones en productos financieros mal gestionados", dijo Martínez en relación a la comercialización entre particulares de instrumentos bancarios complejos como las preferentes y otros instrumentos de deuda subordinada.