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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#2529

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Hola ella va despacio pero continua, tendremos que imprimirnos el Boletín día 12 y leerlo con detenimiento yo me pregunto se lo habrán leído los políticos que nos han citado el día 17 a las 10 de la mañana, yo creo que no, me parece que tendremos que hacer otra estrategia por que la actual no la podremos mandar al Congreso por que los del PP tumbarían la anulación de los contratos firmados por ser mayoría, charlare con todos y estudiaremos la Penal que parece que ha funcionado en muchas zonas de España. Saludos Antonio

Lo que más me jode es el esfuerzo que realizaron todos ayer.

#2530

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Un juez condena a Bankinter a indemnizar a un inversor de Castellón por las participaciones preferentes

12 de Abril de 2012 a las 12:45:10 | Radio Castellón

(10) comentarios | enviar comentario | Compartir
Un juez condena a Bankinter a indemnizar con 24.000 euros a un inversor de Castellón por ocultarle el riesgo de las participaciones preferentes. Un problema que afecta a unas 100.000 personas en la Comunitat Valenciana, según denuncia la asociación Adicae.

El juzgado de instrucción número 4 de Castellón ha condenado a Bankinter a pagar una indemnización de 24.000 euros a un inversor. El juez considera que la entidad no informó debidamente de los riesgos que conllevaba la adquisición de participaciones preferentes. Un producto financiero complejo cuya inversión es irrecuperable si la entidad no logra vender la participación en el mercado. En este caso el afectado es un avezado inversor, y a pesar de su conocimiento financiero, el banco logró ocultarle los riesgos de la operación. Juan Ignacio Navas es el abogado.

Sin embargo, el perfil más común del cliente de participaciones preferentes es el del pensionista. Y es que, según la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorro, las entidades venden estos productos como si fueran un plazo fijo convencional e intentan captar así los ahorros de los jubilados. En este caso se encuentra una vecina de Benicàssim que ha denunciado el problema en los micrófonos de Radio Castellón. Desde hace siete meses intenta recuperar lo invertido pero no se lo devuelven, a pesar de que le aseguraron que podría retirar el dinero cuando quisiera.

La asociación Adicae calcula que en la Comunitat Valenciana hay unas 100.000 personas afectadas por las participaciones preferentes. Sobre todo de la CAM y de Bankia. La asociación presentará una demanda colectiva para reclamar la devolución del dinero. Daniel Araque es el portavoz de Adicae en la Comunitat.

La asociación denuncia además que ni la Comisión Nacional del Mercado de Valores ni el Ministerio de Economía han hecho nada por solucionar el problema de las participaciones preferentes.

#2531

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Periódico de Castilla-La Mancha | Domingo, 13 mayo 2012. Última actualización: 18:07
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Sábado, 5 mayo 2012
MILES DE PEQUEÑOS AHORRADORES TIENEN ATRAPADO SU DINERO
Los empleados de banca pasan de héroes a villanos con la crisis
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Economía - Finanzas | F. J. Llana 15:03 | 0 Comentarios
Los trabajadores de bancos y cajas se han convertido en el centro de la diana de la crispación y del malestar existente entre los miles de clientes que se encuentran ahora con que no pueden recuperar el dinero invertido, a pesar de que cuando firmaron el contrato el director o el trabajador de toda la vida de la sucursal de turno les dijeron que iban a poder hacerlo sin ningún tipo de problema.

Las entidades financieras comercializaron masivamente productos tóxicos.//Foto:EL DIA

Los tiempos en los que los trabajadores de bancos y cajas de ahorros eran las personas de confianza y los principales asesores de los ciudadanos de a pie, sobre todo de aquellos con poca o nula cultura financiera que tenían unos pequeños ahorros y querían sacarle una rentabilidad mayor que los clásicos productos de plazo fijo, son ya historia.

Y es que la crisis y las políticas comerciales llevadas a cabo por la banca han dado paso a un nuevo escenario totalmente contrario en el que estos empleados se han convertido en el centro de la diana de la crispación y del malestar existente entre los miles de clientes que se encuentran ahora con que no pueden recuperar el dinero invertido, a pesar de que cuando firmaron el contrato el director o el trabajador de toda la vida de la sucursal de turno les dijeron que iban a poder hacerlo sin ningún tipo de problema.

"Las reacciones de algunos clientes, airadas en muchos casos, se dirigen sobre los trabajadores de las entidades financieras, a quienes responsabilizan injustamente de los cambios legales acontecidos y les acusan de haberles engañado en el momento de informarles sobre las características de aquellas inversiones" señalaban desde el sindicato CSICA.

¿El motivo? Que los productos contratados eran de alto riesgo y que la prometida liquidez poco o nada tenía que ver con la realidad. Participaciones preferentes, deuda subordinada o swaps son algunos de los productos 'tóxicos' que se han comercializado de forma masiva durante los años de bonanza y que ahora constituyen el principal objeto de reclamo de los que invirtieron en ellos.

No en vano, según los cálculos de la Asociación de usuarios de bancos, cajas y seguros sólo en Castilla-La Mancha hay cerca de 35.000 afectados por las preferentes, número que se eleva hasta más de 700.000 en el conjunto de España.

Una circunstancia que ha elevado el tono de crispación de estos clientes desesperados, hasta el punto de que cada vez son más habituales los insultos, el menosprecio e incluso en algunos casos las agresiones físicas hacia lo que los sindicatos consideran el último eslabón de la cadena, y también el más desprotegido, ya que "son los que tienen que dar la cara", señalan desde UGT en Bankia, recalcando que “no somos los banqueros, somos bancarios y bancarias”.

Campaña de inocencia
Y es precisamente éste el motivo por el que los dos sindicatos mayoritarios en banca -UGT y CC.OO.- han puesto en marcha una campaña de defensa de este colectivo para explicar -en referencia a que ellos no son responsables de los problemas de los ciudadanos derivados de la crisis financiera y económica- que los empleados de las entidades financieras son “inocentes” y “denunciar ante la sociedad la situación” en la que están los trabajadores de este colectivo.

“Este blog nace de la necesidad de lanzar un llamada de socorro para que de detenga esta ola de violencia y agresividad contra las personas que trabajamos en el sector financiero y explicar a la sociedad que no somos los culpables de la crisis del sector financiero y menos aún de las consecuencias que ésta ha originado para todos los ciudadanos y ciudadanas”, explicaban en el manifiesto.

En este sentido, desde la Asociación General de Consumidores (Asgeco), su portavoz, Marcos Méndez, señala que la responsabilidad es de bancos y cajas de ahorros, ya que "se trata de productos de alto riesgo que se han vendido a personas con escasos conocimientos financieros".
Las entidades financieras son las responsables judicialmente
El debate sobre el grado de culpabilidad de los empleados de la sucursal bancaria a la hora de comercializar productos supuestamente seguros que luego se han demostrado que no eran así se circunscribe únicamente al ámbito de la ética, ya que desde el punto de vista judicial no existe ningún tipo de duda y es la entidad financiera la responsable de cualquier perjuicio generado al cliente.

"Es un completo error intentar culpabilizar a los trabajadores de banca, ya que estos venden a instancias de su banco o caja de ahorros y no pueden responder ante una sentencia firme".

Así lo señalaba a EL DIA Juan Ignacio Navas, titular del despacho de abogados Navas&Cusí, para quien la única forma de acabar con todos los problemas derivados de la venta masiva de estos productos tóxicos sería que se comercializaran a través de asesores independientes y no de entidades bancarias, tal y como ocurre mayoritariamente en el Reino Unido.

Más aún cuando en el caso de la banca, esta juega con la ventaja de prever con una cierta exactitud cuál va a ser la evolución de los tipos de interés, algo crucial a la hora de colocar swaps u otros "seguros" a los clientes.

Y es que ese es uno de los argumentos principales que están esgrimiento los distintos juzgados repartidos por la geografía española que han emitido más de seiscientas sentencias contrarias a la banca por este motivo.

Así, por ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia de Instrucción número 3 de Hellín (Albacete) anuló recientemente la contratación de una permuta financiera de tipos de interés (IRS) por parte de un particular con el Banco Popular, ya que este último no prestó toda la información debida y que, además, engañó y coaccionó al cliente para que firmase el swap.

Según se recoge en la sentencia, el cliente confío en lo que le dijo el director de la sucursal, que “era un producto bueno” y que estaba firmando una cobertura frente la subida de tipos de interés.

Además, el director le aseguró que no se vería afectado por una posible bajada de los tipos de interés, siendo el producto totalmente gratis para el contratante, “si subían los intereses el diferencial lo pagaba el Banco y que si bajaban se quedaba como estaba

#2532

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

CRISIS FINANCIERA
PERMUTAS FINANCIERAS (SWAPS) PREFERENTES Y BONOS CONVERTIBLES

Una de las características y hecho notorio de la actual crisis financiera lo constituyen las tremendas pérdidas que Compañías e Inversores están asumiendo como consecuencia de su contratación en su día de productos de inversión (participaciones preferentes y bonos convertibles) y coberturas de tipo (swaps).
Son ya multitud las Sentencias dictadas anulando dichas operaciones, acordando indemnizaciones. Corren informaciones acerca de resoluciones de la CNMV o de Banco de España, y es en medio de dicho caos informativo, donde el público, la sociedad no llega a entender exactamente la problemática, las incidencias en la comercialización de valores en los mercados por las entidades financieras, la naturaleza de las instituciones que regulan el mercado financiero, sus competencias y su función.
Vamos pues a explicar con concepto extremadamente básicos el titulo que desarrollamos y fijar de una manera evidente y clara conceptos e información de lo que estás sucediendo. El mercado inversor en España es regulado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que tiene competencias de autorización en la emisión de valores, y potestades de vigilancia y sanción en la actuación de entidades que intermedian en el Mercado de Valores, de tal manera , que la Comisión del Mercado Nacional de Valores (CNMV) tiene pues también potestad de vigilancia y sanción sobre las entidades bancarias que intermedian en el mercado de valores, si bien, no dispone de la facultad de resolver contratos y operaciones. En dichas operaciones, la facultad de resolución solo es posible por mutuo acuerdo entre las partes contratantes, o bien, en caso de ausencia de concordancia de voluntades, a través de resoluciones judiciales dictadas por Juzgados y Tribunales de este País.
Las coberturas de tipos, participaciones preferentes y bonos convertibles, han supuesto una conmoción sin precedentes en el mercado de valores e inversor, ya que debido a la evolución de la crisis financiera, dichos productos han ocasionado unas pérdidas terribles a empresas e inversores. Cientos de Sentencias han sido dictadas en Juzgados y Tribunales de este país decretando la nulidad de dichos contratos y la consecuente obligación de indemnización por las entidades financieras los inversores, debido a la incorrecta comercialización de dichos productos, ya que si bien la crisis financiera ha sido inevitable, en multitud de ocasiones las entidades financieras intermediaron sin observar los deberes de máxima transparencia, información y deber diligente de cuidar de los intereses de los clientes como si fueran propios , obligaciones, que les impone la Ley del Mercado de Valores, y que de haberse observado hubieran podido permitir a las suscriptores de permutas financieras (swaps) participaciones preferentes y bonos convertibles ser conscientes de los altos riesgos que corrían y enormes pérdidas a las que se han debido enfrentar como consecuencia del incumplimiento de las entidades financieras de los principios de protección que imponen a dichas entidades para con los inversores, principios y normativas que vienen impuestos por las Directivas Comunitarias en materia de protección a los inversores, y a los suscriptores de instrumentos de cobertura de tipos en el mercado secundario.

JUAN IGNACIO NAVAS MARQUÉS
Letrado Socio Director
Navas Cusí Abogados – Expertos en Derecho del Mercado de Valores y Derecho Bancario

#2533

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

EL MUNDO/CASTELLON AL DIA. DOMINGO 6 DE MAYO DE 2012
ECONOMÍA
12
JANDRO ROURES / Castellón
Suscribió participaciones preferentes del banco islandés Landsbanki,
cuya nacionalización le impidió recuperar el dinero invertido: 24.000
euros. Ahora, un juzgado de Castellón le ha dado la razón en primera
instancia obligando a Bankinter, entidad a través de la cual su hijo, en
condición de apoderado, invirtió el
dinero, a indemnizar por daños y
perjuicios a la mujer devolviéndole
la cantidad que tenía en preferentes.
El auto judicial, el primero de estas
características en Castellón, es demoledor al calificar el contrato firmado entre el hijo de
la demandante y la entidad financiera como
«documento oscuro,
que no identifica debidamente el instrumento que se adquiere».
Todo empezó el 3 de
febrero de 2006 cuando la anciana, a través
de su hijo, suscribió
con Bankinter S.A. un
contrato de depósito
por importe de 24.000
euros con un plazo de
perpetuidad, un período de liquidación trimestral, un tipo
de interés 6,25% TAE de acciones
preferentes de Landsbanki.
La crisis financiera sufrida en el
país provocó la nacionalización del
banco. El dinero invertido por la anciana se había hecho difícilmente recuperable. Su hijo, que actuó como
mediador, animó a su madre a dar el
paso en noviembre de 2009 para denunciar a la entidad financiera Bankinter. Después de más de dos años,
el juzgado de Primera Instancia nú-
mero 4 de Castellón ha dado la razón a esta anciana castellonense.
Asesorada por el prestigioso bufete de abogados Navas&Cusí, de Barcelona, la afectada y su hijo presentaron una demanda en la que solicitaron la nulidad contractual e
indemnización por daños y perjuicios, así como la devolución del importe depositado (24.000 euros) en
la entidad Bankinter.
El argumento de la defensa de la
anciana se centraba en que a la mujer «de perfil conservador y que buscaba un producto sin riesgo» la entidad financiera Bankinter «no le facilitó el folleto de la Ley del Mercado
Nacional de Valores ni se le dio explicación alguna de esta compleja
operación financiera, de forma que
sólo una vez nacionalizado Landsbanki, Bankinter le proporcionó información».
El abogado de la demandante, Ignacio Navas, alegó que la afectada,
«contrató un producto de riesgo confiando en la entidad crediticia, no
pudiendo evaluar ni digerir lo que
contrataba». Entiende la defensa que
Bankinter «había incumplido el deber de mantener permanentemente
informada a su cliente».
Unos argumentos que
Bankinter trató de desmontar alegando que el
hijo de la demandante
fue quien ordenó la
compra de las participaciones preferentes. «Ya
tenía experiencia anterior en la contratación
de este tipo de instrumentos financieros. No
siendo en modo alguno
un mero ahorrador sin conocimientos financieros sino un inversor experto y asiduo de los mercados», recoge la sentencia a la que ha accedido este periódico.
El banco también alega que la demandante no ha perdido su inversión porque «las autoridades finlandesas han acordado moratorias de
pago» tras un hecho «fortuito e imprevisible» como es la intervención
del banco islandés. Además, Bankinter defiende que «la documentación
es clara en su redacción» y que «nadie invierte 24.000 euros sin conocer
los riesgos que asume».
El juez responsable del proceso
entiende en su auto que el banco se
«limitó a comercializar el producto
sin aconsejar al cliente debido por
tanto descartarse cualquier figura
contractual que implique asesoramiento, ya que no consta que Bankinter asumiese tales funciones».
También considera el juzgado que
pese a que la demandante intervino
asesorada por su hijo, debe ser calificada como «cliente minorista en
cuanto a su perfil inversor, ostentando además la condición de consumidora y, por tanto merecedora de la
máxima protección».
El hecho de que «el hijo de la afectada hubiese invertido con anterioridad en participaciones preferentes
no significa necesariamente que conociese su naturaleza», entiende el
juez, por lo que «no se le puede considerar un inversor experto», como
defendía el banco, «sino, a lo sumo,
un inversor confiado».
En los siguientes razonamientos
del juzgado se establece de forma
concisa la «poca claridad del contrato, al menos para un consumidor no
avezado en este tipo de operaciones»
a la vez que califica el documento
contractual como «oscuro, que no
identifica el instrumento que se adquiere». También le atribuye calificativos de «producto complejo, confuso y difícil de entender». Por todo
ello, el auto con fecha 4 de abril de
2012, declara «la nulidad de pleno
derecho del contrato de 3 de febrero
de 2006 concertado por la demandante con Bankinter», así como la
obligación del banco de «indemnizarla condenándola a pagar 24.000
euros más los intereses legales».
Contra esta sentencia cabe recurso. Bankinter no ha confirmado si ha
ejercido o tiene previsto ejercer en
los próximos días este derecho ante
el juzgado por disconformidad con
la sentencia que da la razón a su
clienta. El hijo de la demandante ha
reprochado «el desamparo en el que
nos encontramos los ciudadanos».
«Ni el Banco de España ni el Gobierno han apoyado al gran número de
perjudicados», denuncia.
Las claves del
fallo judicial
>Bankinter «se limitó a
comercializar el producto
sin aconsejar al cliente».
>La entidad demandada
«no actuó de forma
altruista sino con ánimo de
lucro».
>La demandante «debe ser
calcificada como cliente
minorista y merece la
máxima protección sin que
el hecho de que su hijo
hubiese realizado con
anterioridad no significa
que conociese su
naturaleza».
> «Escasa claridad del
contrato. Un documento
oscuro, que no identifica
debidamente el instrumento
que se adquiere».
Oficina de Bankinter en la ciudad de Castellón. / EUGENIO TORRES
Bankinter debe indemnizar a una
anciana que invirtió en Islandia
l Un fallo judicial contra el que cabe recurso fija la devolución de 24.000
euros a la mujer, cuyo hijo contrató en su nombre preferentes islandesas
A.R.M. / Castellón
La sentencia favorable a la anciana
castellonense que ha invertido en
Bankinter saca a la luz la existencia de unos productos financieros
que fueron comercializados durante varios años por distintas entidades sin alertas sobre sus riesgos. El
experto abogado en materia económica Juan Ignacio Navas, del
bufete Navas&Cusí, de Barcelona,
explica las peculiaridades del producto y del fallo judicial.
¿Qué son las participaciones preferentes?
Una participación preferente es un
valor emitido por una entidad prometiendo unos intereses estables y
una recuperación de la inversión
con mínimos riesgos cuando, en
realidad, es un producto con riesgo
elevado al operar en un mercado
complejo.
¿Por qué supone una sentencia singular a favor de su clienta?
La especialidad de la sentencia es
que un hombre contrata en nombre
de su madre, una anciana, y la entidad contraria, Bankinter, basa su defensa en que debido a que actuaba
en nombre de la madre, debe analizarse su perfil como capaz de contratar válidamente la operación siendo un exquisito inversor.
¿Por qué se debe denunciar estas
prácticas?
Normalmente el perfil de la mayoría de los inversores es bajo (pensionistas, amas de casa, gente sin
experiencia en este tipo de productos) y si un inversor de alto
perfil puede solicitar la nulidad e
indeminización cuando una inversión se ha comercializado incorrectamente, con mayor facilidad
la mayoría de clientes de un perfil
más conservador pueden hacerlo.
¿Qué pasos debe seguir un afectado?
Siempre negociar con la entidad
financiera. Si a pesar de ello la entidad no accede a indemnizarle,
acudir a un letrado, consultar y,
una vez examinada documentación, si el abogado le informa de
que es posible la reclamación judicial, tomar una decisión en un
sentido o en otro.
¿Cuántos afectados puede haber
en España?
A la vista de centenares y centenares de sentencias dictadas hasta el momento, se puede colegir
que hubo, de una manera muy generalizada, numerosas ofertas de
las entidades bancarias. Estimamos que en cuanto a participaciones preferentes puede haber alrededor de 700.000 afectados. Es difícil establecerlo por provincias.
¿Cómo han actuado las autoridades económicas españolas?
El Banco de España y la Comisión
del Mercado de Valores no tienen
facultades de resolución de contratación porque dich

#2534

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Domingo, 4 de marzo de 2012
ECONOMÍA
La política de comercialización de los bancos ha generado una profunda conmoción y desconfianza de los inversores

Redacción/la Voz de Tenerife
Los principales errores atribuibles a la actitud general de la mayoría de los bancos son, en la opinión de Juan Ignacio Navas el de omisión de información sobre los posibles riesgos de los productos financieros, del deber de transparencia y la falta de diligencia en el cuidado de los intereses de los clientes

Más de 700.000 afectados y alrededor de 500 sentencias en contra de algunas entidades financieras es parte de la radiografía de la mala praxis bancaria. Según el socio-director del bufete Navas & Cusí Abogados, Juan Ignacio Navas Marqués, "hay una profunda conmoción y desconfianza de los inversores ante la pérdida de sus ahorros por la política de comercialización de algunos productos bancarios que se ha llevado a cabo en los últimos años en España".

Navas Marqués participaba hoy en la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife en el marco de la jornada informativa "Regulación del Mercado de Valores. Estrategias de Defensa ante las malas prácticas bancarias".

Más de 100 empresarios se dieron cita en esta evento, que contó también con la participación de la vicepresidenta de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, Ángeles Palmero, quien manifestó que "durante la crisis, algunos bancos han cruzado la línea roja en la comercialización de algunos de sus productos, incumpliendo su deber de transparencia e información, lo que ha provocado perdidas de los ahorros de miles de inversores".

En este sentido, Palmero señaló que hoy se vive un auténtico divorcio entre los bancos y los sectores productivos, que además de haber cerrado el grifo del crédito, en algunos casos, sus condiciones son totalmente abusivas".

Precisamente, el socio-director del bufete Navas & Cusí Abogados señaló que las mala praxis bancaria se ha incrementado en los últimos años en España. En su opinión, "las entidades financieras de este país han venido colocando productos complejos entre sus clientes minoristas: preferentes, bonos convertibles, cobertura de tipos de interés o swaps, sin la correcta información, ocultando en muchas ocasiones sus riesgos y generando graves perjuicios económicos a sus propios clientes".

A su juicio "en numerosos casos, los bancos han incumplido sus deberes de transparencia e información durante el proceso de contratación, omitiendo la normativa aplicable a las entidades que operan en el mercado de valores. Juan Ignacio Navas Marqués afirma, además, que desde hace años su especialidad es "la vigilancia de códigos de conducta en las entidades financieras".

El letrado señala que "la falta de información por parte de los bancos hacia sus clientes es más que una mala praxis". Es una conducta bastante extendida que "consiste en no ser totalmente conscientes de su deber de información".

Los principales errores atribuibles a la actitud general de la mayoría de los bancos son, en la opinión de Juan Ignacio Navas el de omisión de información sobre los posibles riesgos de los productos financieros, del deber de transparencia y la falta de diligencia en el cuidado de los intereses de los clientes.

En este sentido, el despacho de Navas & Cusí Abogados ha entablado numerosas acciones judiciales de éxito contra la mala práctica bancaria pioneras en toda España.

#2535

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

BANCA >
Navas Marqués alerta de que la banca genera “desconfianza” entre los inversores
marzo 2, 2012 | Actualidad,Economía
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EUROPA PRESS | Santa Cruz

El socio-director del bufete Navas & Cusí Abogados, Juan Ignacio Navas Marqués, afirma que “hay una profunda conmoción y desconfianza de los inversores ante la pérdida de sus ahorros por la política de comercialización de algunos productos bancarios que se ha llevado a cabo en los últimos años en España”.

Navas Marqués ha participado hoy en la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife en el marco de la jornada informativa ‘Regulación del Mercado de Valores. Estrategias de Defensa ante las malas prácticas bancarias’, donde ha dicho que más de 700.000 afectados y alrededor de 500 sentencias en contra de algunas entidades financieras es parte de la radiografía de la mala praxis bancaria.

Más de 100 empresarios se dieron cita en este evento, que contó también con la participación de la vicepresidenta de la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife, Ángeles Palmero, quien ha manifestado que “durante la crisis, algunos bancos han cruzado la línea roja en la comercialización de algunos de sus productos, incumpliendo su deber de transparencia e información, lo que ha provocado pérdidas de los ahorros de miles de inversores”.

En este sentido, Palmero señaló que se vive “un auténtico divorcio” entre los bancos y los sectores productivos, que además de haber cerrado el “grifo del crédito”, en algunos casos, “sus condiciones son totalmente abusivas”.

Precisamente, el socio-director del bufete Navas & Cusí Abogados señaló que las mala praxis bancaria se ha incrementado en los últimos años en España.

En su opinión, las entidades financieras de este país han venido colocando productos complejos entre sus clientes minoristas: preferentes, bonos convertibles, cobertura de tipos de interés o swaps, sin la correcta información, “ocultando en muchas ocasiones sus riesgos y generando graves perjuicios económicos a sus propios clientes”

#2536

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Juan Ignacio Navas: «La banca ha incumplido normas»
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El socio director del bufete navas & cusí -especializado en derecho bancario- dice que 2012 será un año «caliente», de mucha litigiosidad en españa, por dos productos: las preferentes y los bonos convertibles, que han atrapado los ahorros de numerosas familias en todo el país.

— Miles de pequeños inversores españoles se encuentran actualmente atrapados por una serie de productos financieros que han reducido de forma considerable sus ahorros, en algunos casos de toda la vida. Los swaps (cobertura de tipos), las participaciones preferentes y los bonos convertibles son el problema. ¿Cuál está afectando más a las familias españolas?
—Todos son productos sometidos al control del derecho del mercado de valores. En cuanto a las demandas que acumulan, es algo cíclico. Empezaron con los swaps, que hay 500 sentencias contra entidades financieras; ahora están comenzando las preferentes, que se estima que hay 700.000 personas afectadas en España y luego vendrán los bonos convertibles, que es lo siguiente. Lo veremos a partir de octubre. Es un público bastante amplio. Es la historia de una serie de despropósitos, de cosas que no se han hecho bien.
—Los swaps son las cláusulas abusivas impuestas por algunas entidades sobre los créditos. Las participaciones preferentes son un producto de inversión que se vendió como seguro pero que, sin embargo, es de alto riesgo, con una rentabilidad no garantizada y sujeta al mercado secundario y además con carácter perpetuo. ¿En qué consisten los bonos convertibles?
— Eran inversiones que daban un bono o cupón de renta fija que se recuperaba al final de la inversión. A finales de 2007 cambia y se convierten en acciones. El problema es que a fecha de hoy ya han perdido un 68%-70% y cuando llegue su vencimiento, en octubre, estará en niveles similares.
Las pérdidas van a ser tremendas. Al final, lo que se vende como un producto seguro es de alto riesgo y de renta variable.
—Al conocer la existencia de estos productos da la sensación de que el inversor está completamente desprotegido.
— El invesor está protegido como se evidencia en los fallos que están haciendo los tribunales, a favor de ellos de forma mayoritaria. Si se cometen prácticas equivocadas por las entidades financieras está habiendo una corrección en los tribunales, que están obligando a indemnizar.
—También uno se pregunta donde está el Banco de España que no prohíbe este tipo de prácticas que se asemejan mucho a un fraude?
—El Banco de España tiene potestad de vigilancia y sanción pero no de obligar. Los contratos se hacen o deshacen por mutuo acuerdo o en los tribunales. El Banco de España no tiene facultad de resolución. Lo único que puede hacer es sancionar de forma ejemplarizante dichas prácticas. Ha habido alguna sanción pero debería ser más duro.
— Con todo esto lo único que queda al pequeño inversor es no fiarse de ninguna entidad financiera, ¿no?.
—Lo que debe hacer es asesorarse con asesores externos. Algo que no sucede en este país, donde las personas hasta ahora han tenido una confianza ciega sobre el banco. Hay países como Gran Bretaña donde el 80% son asesores externos y aquí, debe haber cultura de consultar de forma externa, independiente. Y también ser cauto y lógico. A raíz de esto habrá gente que perderá la confianza en el banco y otros lo mantendrán, pero desde luego, todos irán con más cuidado.
— ¿Qué ha sucedido en las entidades financieras españolas para poner a la venta este tipo de productos financieros y comercializarlos entre sus clientes sin suficiente información y claridad?.
—Lo que ha sucedido es que dejaron el mercado tradicional y quisieron intermediar en el mercado de valores por cuestiones de rentabilidad. Viendo lo visto, las cosas no se han hecho bien. Entraron en un mercado que no era el suyo y suceden una serie de cosas que van en perjuicio de los inversionistas.
—¿A qué se refiere cuando dice que se hicieron cosas que no estaban bien?
—Digamos que las conductas no coinciden con la legislación del mercado de valores. Ahora bien, le quitaría intencionalidad. Sencillamente, no se ha sabido hacer. Ni ellos eran conscientes de lo que hacian. Fue una falta de previsión. Y fallaron mucho al no concienciar de los riesgos ante la posibilidad de que no se hiciera la inversión.
— Claro, pero es es un engaño.
— Eso es un incumplimiento de la normativa del mercado de valores. Lo que ha sucedido aquí ha pasado en otros países, aunque aquí con más incidencia judicial.
—¿Qué recomendación haría a una persona que vaya a su banco y se entere de que ha metido su dinero en algo que no sabía y está perdiendo su capital?
—Que acuda a un abogado especialista para ver lo qué está sucediendo y qué puede hacer.
—¿Y una persona que vaya al banco a contratar algún producto para poner su dinero?
—Que acuda a un asesor externo e independiente y pregunte y se fíe más de éste que de lo que le diga el banco.


Silvia Fernández / Las Palmas de Gran Canaria

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