Un ABOGADO que te dice que busques sentencias??
Un abogado que no conoce VLEX y no tiene acceso a él??
Un abogado que no conoce el LexNova y no tiene acceso a él??
Un abogado que no tiene Internet para preguntarle al tipo del Google por
http://asuapedefin.com/sentencias-listados/buscador-de-sentencias/
Un abogado que no conoce el ARANZADI y no tiene acceso a él??
Un abogado que te cuenta que no existe riesgo de que te condenen a pagar costas en un Proceso Penal por ejemplo...
Poco me gusta como caza la perra o dicho de otra manera poco me gusta el ojo de la yegua
Pero ojo, que yo no soy veterinario, ojo que ME PUEDO EQUIVOCAR GRAVEMENTE con lo que vengo a decir hoy:
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N-0 T-E-N-E-M-O-S P-R-I-S-A!!!!!!!!
N-O H-A-Y T-A-L U-R-G-E-N-C-I-A!!!
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No hay nada que nos empuje a entablar una Demanda o Querella, si no es nuestra particular situación económica, solo en ese caso entiendo las URGENCIAS y las justifico.
Pero ojo, que yo no tengo ni puta idea.
Yo solo digo lo que le escucho a mi tío el del Google.
Repito, OJO QUE YO NO SOY VETERINARIO
Yo solo se leer el tambor de un micrómetro
Y desde lo que se leer y se interpretar digo, que para los que no tengan URGENCIAS INAPLAZABLES... hay otros medios que ya muchos hemos puesto en práctica:
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1-Reclamaciones al SAC BANKIA-BA
2-Reclamaciones a la CNMV
3-Reclamaciones al BdEspaña
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4-Hemos llevado nuestro problema a la mesa de la Fiscalía General del Estado
5-Hemos llevado nuestro problema a la Asamblea de Madrid
6-Hemos llevado nuestro problema al Congreso de los Diputados
7-Hemos llevado nuestro problema al Defensor del Pueblo
8-Hemos llevado nuestro problema a las Instituciones Europeas que pueden obligar a nuestro Gobierno a tomar cartas en el asunto de una puta vez. Y digo OBLIGAR conscientemente.
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9-Hemos llevado nuestra PROTESTA a la Plaza de Castilla
10-Hemos llevado nuestra PROTESTA a las puertas del Banco de España
11-Vamos a llevar nuestras PRO-PUES-TAS al nuevo responsable de BANKIA
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HEMOS HECHO MUCHAS COSAS BIEN, y las vamos a seguir haciendo.
Que nadie se relama. Por ejemplo:
1-Nos hemos quedado en este FORO, donde muy a menudo, gente con conocimientos específicos, nos instruyen y nos aconsejan.
2-Hemos contactado con Medios de Comunicación Especializados en Asuntos Financieros, hemos contactado con Políticos, con Profesores Universitarios, con Abogados, con Diputados de la Comisión Económica del Congreso... y hemos puesto nuestro problema sobre sus mesas de despacho.
3-Hemos aprendido que para superar un problema, lo que se necesita es INFORMACION y como no queremos volver a confiar en gentes que no son de confiar, NOS HEMOS INFORMADO.
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POR TODO ESO, QUE NADIE INTERPRETE QUE VAMOS A ABANDONAR TODO LO QUE HEMOS EMPRENDIDO Y VAMOS A DEJAR DE APUNTAR A ALGUNAS CABEZAS DIRECTAMENTE RESPONSABLES
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Que nadie acuda al olor de la sangre pensando que se va a encontrar con amputaciones catastróficas y cadáveres flotando... porque si a caso, se van a encontrar a gente con rasguños.
Los rasgunos que provoca el APRENDIZAJE y no hay peor cosa para una piraña, que dar con un tipo que sabe como se comportan las pirañas.
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Si después de hacer todo lo que hemos hecho BIEN, si después aprender todo lo que HEMOS APRENDIDO no queda otra que acudir a los TRIBUNALES DE JUSTICIA... acudiremos, pero sin prisas porque entiendo (deberíais recordar que no soy veterinario)
A) Si tenemos el gusto de interponer una DEMANDA CIVIL apelando a varios Artículos que vienen a proteger el Derecho de los Consumidores, por ejemplo una NULIDAD DE CONTRATO
http://www.aytojaen.es/portal/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/2_1213_1.pdf
Artículo 1265.
Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo.
Artículo 1266.
Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la
cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.
El error sobre la persona sólo invalidará el contrato cuando la consideración a ella
hubiese sido la causa principal del mismo.
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Artículo 1300.
Los contratos en que concurran los requisitos que expresa el artículo 1261 pueden ser
anulados, aunque no haya lesión para los contratantes, siempre que adolezcan de
alguno de los vicios que los invalidan con arreglo a la ley.
Artículo 1301.
La acción de nulidad sólo durará CUATRO AÑOS.
Este tiempo empezará a correr:
En los casos de intimidación o violencia, desde el día en que éstas hubiesen cesado.
En los de error, o dolo, o falsedad de la causa, desde la consumación del contrato.
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Si tenemos el gusto de emprender Acciones PENALES y queremos presentar una QUERELLA por ESTAFA (os he dicho que no soy veterinario??)
http://www.ub.edu/dpenal/CP_vigente_31_01_2011.pdf
Artículo 248
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.
(Ver artículos siguientes)
Atendiendo al Art.131 de nuestro CPenal Vigente en lineas generales si un Juez entendiera que la cúpula de Bankia pudo incurrir en Delito de Estafa, el delito prescribe:
Si es Estafa con pena de seis años, prescribe a los Diez años.
Si es Estafa con pena de tres a cinco años, prescribe a los CINCO años.
Si es Estafa con pena de hasta tres años, prescribe a los Tres años.
Si de nuevo atendemos a la naturaleza o cantidad de los bienes objetos de estafa, yo, que no soy veterinario, creo que en ningún caso, les debe caer menos de tres años de pena en atención a que lo "estafado" supera una buena cantidad de dinero o la suficiente para joderte el día a día de una vida en precario
Con lo cual tendríamos CINCO AÑOS para efectuar nuestra reclamación, a contar desde que dimos orden de compra al Banco. QUE A NADIE SE LE PASE POR ALTO aunque lo mejor es desde ya entrar en contacto con un BUFETE DE ABOGADOS COMPETENTE porque
lo juzgado una vez... ya no hay posibilidad de volverlo a juzgar.
Puede ser también interesante esta lectura para completar la visión general del asunto:
"Teniendo como referente la Directiva 2003/06 del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado, se han llevado a cabo reformas en el campo de los delitos relativos al mercado y los consumidores. Así, se incorpora como figura delictiva la denominada estafa de inversores, incriminando a los administradores de sociedades emisoras de valores negociados en los mercados de valores que falseen las informaciones sobre sus recursos, actividades y negocios presentes o futuros, y de ese modo consigan captar inversores u obtener créditos o préstamos"
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Y yo, que no tengo ni puta idea, que a lo sumo se leer el tambor de un micrómetro, digo que cuando me "Vendieron" mis Preferentes, no solo abusaron de mi confianza, no solo me ocultaron los pormenores de la inversión, sino que me ocultaron también la Rebaja del Rating que por aquellos días de 2009 vino Modys (o como cño se llame) a apuntar a Caja de Madrid y la Caixa entre otras Entidades.
Y eso no es moco de pavo compañeros, porque si se hubiesen dado la prisa que se dieron para colocárnoslas, si se hubiesen dado esa prisa en avisarnos de que contratábamos una puta mierda... seguramente ni vosotros ni yo, hubiéramos estado por la labor de rescatar a CajaMadrid, máxime tendiendo en cuenta que ya muchos la estábamos rescatando con nuestros hipotecones a 40 años.
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No se si lo he dicho, pero por si acaso se me pasó, lo vuelvo a decir:
Yo veo el ojo de la yegua y me hago mi idea.
Yo veo como caza la perra y me hago mi idea...
PERO YO NO SOY VETERINARIO. Avisáos estáis.