Pues sí, muchas de las entidades demandadas van de paquete.
Pero imaginaros que el demandado no comparece el día del juicio. ¿Ya está todo ganado? Ni de broma.
Este tema de las preferentes se combate judicialmente, en la mayoría de los casos, acreditando el vicio en el consentimiento.
Y ésta cuestión, el vicio en el consentimiento, es de lo más básico que estudia y conoce cualquier abogado, aunque sea un zote.
Es una obligación del abogado aportar aquella prueba dirigida a acreditar el vicio en el consentimiento. El resto de pruebas, no dirigidas a esta cuestión, van de paquete.
Cada caso será un mundo, y no valen demandas estandarizadas en las que cambiar un par de cosillas.
El vicio del consentimiento, aplicado a las preferentes, a las subordinadas, o a cualquier otro producto bancario, tiene en esencia lo que el vicio del consentimiento se aplique a cualquier otro contrato.
Una demanda es prueba, no los hechos que se relaten en la misma. Al juez sólo le interesan las pruebas.
¿Elección de abogado? Es un mundo.
En mi caso, suelo elegir yo a los clientes (afortunado que soy en este sentido).
Mis motivos:
Unas capacidades y habilidades profesionales superiores a la media (no obstante he sido acreditado como el mejor abogado de mi provincia).
Un alto grado de dedicación al asunto del cliente: Prefiero trabajar con pocos clientes y centrarme en cada asunto. Ergo, mis tarifas son superiores a la media.
Nunca le digo al cliente lo que éste quiere escuchar.
No pongo demandas, planifico y llevo a cabo estrategias, extrajudiciales y judiciales.
Nunca garantizo el éxito, siempre garantizo un trabajo de muy alta calidad.
Haber sido cocinero antes que fraile.
De esta manera, mis clientes confían en mi buen hacer profesional (no he dicho fe ciega) y muy rara vez acuden a terceras personas (que no suelen tener ni idea del asunto) para que verifiquen que hago mi trabajo bien lo que me permite con la ley en la mano dar por terminada nuestra relación contractual.