Hola Delfi;
Cuidado con las "soluciones" y "favores" de los préstamos pignoraticios, que lo que te proponen como solución se puede convertir, llegado el plazo de vencimiento, en un lastre.
Llegado ese momento el préstamo hay que pagarlo y si la garantía que "constituyen" los valores pignorados no cubre la amortización (que con seguridad no lo harán) respondes con todos tus bienes presentes y futuros y, la entidad, siguiendo con su política de "soluciones y favores" no se va a cortar un pelo a la hora de exigirte dicha responsabilidad.
Cláusulas a la carta difícilmente se van a dar y también hay que tener en cuenta si concurren garantías adicionales en el resto de las cláusulas del contrato.
Una subida de tipos, como indica Petersen, si el plazo de vencimiento es menor al de la deuda, también es otro riesgo a tener en cuenta.
Si tus necesidades de liquidez son perentorias te puedes ver obligado a firmar el préstamo, pero ten en cuenta todos los contras que pudieras encontrarte y sopésalos.
Saludos y disculpas, porque mi contestación probablemente aparecerá relacionada con otro post. Es culpa del navegador que está soportando también los efectos de la crisis.