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Obligaciones de Eroski y Fagor

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Obligaciones de Eroski y Fagor
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Obligaciones de Eroski y Fagor
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#6385

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Efectivamente, en R-4 n o se pueden comprar ni las mejores
Según ellos son renta fija ''COMPLEJA''
#6386

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Según la CNMV, no según ellos... esto viene de arriba. 

Que haya quien se tome menos en serio las directrices de la CNMV es otro tema, pero R4 no ha decidido nada, sólo cumple órdenes. Es lo mismo que cuando un banco te pide justificar ingresos o te bloquea la cuenta, lo hacen cumpliendo la normativa antiblanqueo y no por decisión propia.

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#6387

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

La contestación que me dió R-4:

 El Real Decreto introduce la prohibición de venta a clientes minoristas en la prestación de servicios distintos a la gestión discrecional de carteras de aquellos instrumentos financieros complejos cuyas condiciones de emisión señalen que se dirigen sólo a clientes profesionales o contrapartes elegibles, incluso aunque dichos instrumentos se negocien en centros de negociación. 

Me he leido el folleto de emisión y he sido incapaz de ver estas condiciones de emisión.

Más aún cuando estas obligaciones se utilizaron para canjear otras,  una parte en efectivo y la otra mediante estas obligaciones. No creo que los títulos canjeados, estuvieran todos en manos de 'clientes profesionales'.
#6388

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Efectivamente no hacen nada si no se cumplen dos de las tres condiciones siguientes (por mandato CNMV).

La oficina me comentó que ante una inspección, la sanción sería superior a los 500 000€ y que únicamente darán acceso con la documentación correcta y aprobada por R4 Madrid.

También me comentó que les consta que Laboral Kutxa permite la operativa sin cumplir condiciones, pero que ellos lo tienen terminante prohibido y que no hacen excepciones.

Adjunto lo que me mandó R4

https://www.cnmv.es/Portal/Inversor/Complejos-No-Complejos.aspx

#6389

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Lo del Real Decreto siempre ha sido así. Lo que ha cambiado desde la fecha de emisión es lo que la CNMV considera "instrumentos financieros complejos".

La guía oficial al respecto está aquí:
https://www.cnmv.es/DocPortal/GUIAS_Perfil/GuiaInstrumComplejosNOComplejos.PDF

Y la parte que nos afecta es esta:
Las acciones preferentes o privilegiadas que no incluyan un derivado implícito se consideran, a los efectos de aplicar los procedimientos relativos a la evaluación de la conveniencia, instrumentos no complejos si están admitidas a negociación en un mercado regulado. Si no lo están, deberán ser evaluadas teniendo en cuenta los criterios del segundo y tercer párrafo del artículo 79 bis 8 a) de la LMV. En caso de que incluyan un derivado implícito (un derecho de amortización anticipada por parte
del emisor, por ejemplo) siempre se consideraran instrumentos complejos.
Las participaciones preferentes, en la medida que incorporan un derivado implícito, deberán considerarse instrumentos complejos. 

5. Deuda subordinada
No se establecen criterios diferentes a los aplicables al resto de instrumentos de deuda ya analizados con respecto a este tipo de instrumento financiero, debiendo evaluarse los aspectos relacionados con la incorporación o no de derivados implícitos, y la estructura del instrumento. 

Las malas y las buenas son claramente considerados productos complejos según la CNMV; en el caso de las mejores el tema es menos claro, pero R4 interpreta que también encajan con la definición.

Otros brokers están optando por aplicar el sentido común, lo cual es de agradecer, pero lo que dice la regulación es que son complejos y no se pueden vender al inversor particular; el problema viene de arriba, no del broker que aplica la ley. 

Es ridículo que a cualquier atontao que no ha invertido en su vida se le permita suicidarse financieramente con derivados con apalancamiento o con criptotulipanes, y a la gente de este foro no se le permita comprar subordinadas, pero es lo que hay... gracias, CNMV.

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#6390

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

Tu último párrafo es clave.

Es increíble que pude abrir en unos minutos cuentas en varias fintech, como Revolut, Vivid, o Bnext, y en todos ellas, en 1 minuto tras responder 3 preguntitas, pude comprar unos pocos euros de bitcoins, DogeCoin y Ethereum.

Quería ver la facilidad de comprar aire digital frente a la misión imposible de comprar subordinadas... Y fue demasiado sencillo, diría yo. La gente que tendrá metido miles de euros ahí sin saber realmente que está haciendo... y nosotros no pudiendo comprar ni 100 euros más aquí, estando ya metidos desde hace años.

#6391

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

A abrirse cuenta en Auriga tocan
#6392

Re: Obligaciones de Eroski y Fagor

hola, pero si a R4 le contestas que cumples 2 requisitos te tiene que permitir comprar, no?
y p.ej. el minimo de 500.000 euros se refiere al patrimonio no al ahorro que se mantiene en exclusiva con ellos...
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