Re: Bankia. Hemos canjeado por acciones. ¿Cómo recuperar el máximo de nuestro dinero?
En la carta que te han enviado te estarán diciendo que, si no lo manifiestas por escrito, es que tienes intención de vender los "derechos de suscripción", que, como accionista de Bankia, tienes cada vez que se produce una ampliación de capital... no porque que vayas a venderlos obligatoriamente, sinó en el sentido que no los deseas usar para adquirir nuevas acciones. Dichos derechos te dan opción a coger, de forma prioritaria ( antes que cualquier accionista nuevo ), más acciones, pagando el precio al que estén en la ampliación de 1,35€, aunque luego su cotización esté por encima ( o por debajo! ) de esa cantidad.
Como dudo mucho que ningún "accionista" actual vayais a susbscribir más acciones, estos derechos de suscripción se pueden vender a otros inversores, que sí que estén interesados en acudir a la ampliación de capital de Bankia... y créeme que los hay! La venta de estos derechos no influye en el nº de acciones ni en el valor de éstas, es más, si no se usan, ni se venden, éstos caducan, y acaban perdiendo todo su valor.
Con estos derechos de suscripción se pueden hacer tres cosas:
1- Usarlos para adquirir más acciones de forma prioritaria, antes que los nuevos inversores entren. Si fuera una empresa seria, y se esperara que las acciones fueran a dipararse cuando comenzaran a cotizar, pues seria buena opción, si realmente fuerais inversores, ya que adquiririais las acciones a 1,35€, aunque comenzaran a cotizar a 4€... pero ni Bankia es una empresa seria, ni sois inversores, así que...
2- Venderlos. Aunque parezca mentira, hay inversores "de verdad" que los están comprando:
3- No hacer nada, y dejar que caduquen. Pierdes el dinero que podrías haber obtenido por ellos ( una cantidad mínima comparada con la caida de la acción! ), y que no te obliga a nada ( ni a adquirir nuevas acciones, ni a venderlas ), pero, si deseas emprender acciones legales contra la entidad, no se si el que vendas los derechos puede influir negativamente en tu demanda ( ahí tendría que responderte un abogado! )