Re: Comisiones devueltas por estar la cuenta vinculada a las obligaciones, hipoteca,etc.
Hortelano;
Es que eso que dice esa normativa, es muy genérico, porque entiendo que se refiere mas que nada a cuando tu haces una transferencia, ellos te tiene que indicar primero que comisión te cobran y tu aceptas o no, o por ejemplo el cajero, etc, etc. Por eso dice, SIEMPRE QUE EL CLIENTE HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EL SERVICIO.
También se podría aplicar a cuando abres una cuenta y ponga que te van a cobrar esas comisiones, si tu la firmas está claro que las aceptas. Yo entiendo que se refiere a eso.
De todos modos la página que te he dado,no es ninguna normativa, si te fijas bien pone arriba
"Inicio Servicios Particulares y empresas Servicio de Reclamaciones Criterios de buenas prácticas bancarias.... "
Es decir, son criterios que tiene el Banco de España sobre Las Buenas Practicas Bancarias, quiere decir que eso no está puesto en ninguna normativa, sino que el Banco de España considera que cobrar comisiones a una cuenta vinculada a una hipoteca es mala práctica bancaria.
Para que lo entiendas, la venta de obligaciones subordinadas hoy en día vendersela a una persona que no tiene conocimientos de inversión, no es que sea ilegal pero es una Mala Práctica Bancaria.
Si vas a ir a tu oficina, Imprime la página entera de esa página, cuando se imprima que se vea que pertenece a la página del Banco de España.
Solo te van a decir si ó no, no te van a palear ni te van a decir tonto y si te lo hacen mejor para ti, jejeje los denuncias a ver si los metes en la carcel a estos chorizos.
Mucha suerte