Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Candida , un placer de nuevo verte por aqui,,, suscribo tus acertadas palabras al 100% ...
Candida , un placer de nuevo verte por aqui,,, suscribo tus acertadas palabras al 100% ...
hola cabreado76,lo bueno de todo esto es k mi suegra no sabe leer y como los hijos de puta estos kieren joder otra vez son unos perros,contodos los respetos a estos animales fieles a sus amos,jejjjjjla directora se los comentara tb,,los voy ajoder
Afirmativo,esa sera la solicitud de los nuevos arbitrajes
Saludos de nuevo Cristina,
Como era de esperar el trámite para los que deseen convertir sus acciones de CX en dinero líquido, previa quita, no va a ser un camino de rosas.
¿ Cómo se va a fiar un cliente de CX del Director/a de turno, que, en la mayoría de casos fue quien lo embaucó para apropiarse de su dinero y ahora le llama para decirle que "de cada 10 euros que tenía le van a devolver menos de 8" ?.
¿ Cómo va a confiar el sufrido cliente , cuando le dicen que firme un documento -lo entienda o no- y no le den la posibilidad de llevárselo para estudiarlo o asesorarse por un experto ?.
Al que le engañan una vez le llaman " confiado ", al que le engañan dos veces ......
Si el empleado de la sucursal no permite sacar el papel de la oficina bancaria el proceder, según mi criterio, podría ser éste :
1. Preveyendo esto, no estaría de más que antes de acudir a la sucursal nos preparásemos en un folio -con doble copia- un escrito en el que quedase reflejada tal circunstancia :
Podría ser algo así : " Ante la imposibilidad de tener una copia de la documentación que se me presenta a la firma y poderla estudiar detenidamente en mi domicilio o consultarlo con mi abogado que me asesora sobre temas legales, me resulta imposible poder formarme una opinión sobre la conveniencia de acudir a la oferta de conversión de mis acciones de CX en dinero líquido "
Le dais una copia y que os selle la otra. Evidentemente la vuestra la llevais al abogado.
También se le puede decir, que si el problema está en sacar el documento por estar un formato oficial -valiente gilipollez-, pues, que nos haga una simple fotocopia. De éste modo el empleado cumple con su "compromiso de que el papel no salga de la entidad y nosotros disponemos de la información necesaria para formar una opinión ".
La verdad es que no creo que tenga un gran misterio lo que preparen. Venderán a los incautos que gracias a CX van a recuperar mucho más que otros y que les han preparado un depósito para recuperar la diferencia. Eso no merece la pena ni mirarlo. En cuanto a la aceptación de venta de acciones al FGD, cualquier documento relacionado con eso sí que habría que llevárselo por todo el morro pese a las protestas del banquero. Al menos que quien se ha pasado más de un año sufriendo se permita esa pequeña rebeldía, pues tiene todo el derecho a hacerlo. Hay que echarle arrestos, no como...:
http://www.youtube.com/watch?v=eTSEGNcPP5g
"Si me engañas una vez, tuya es la culpa; si me engañas dos, es mía". La verdad es que si alguien que esté atrapado en deuda subordinada contrata con lo que rescate un depósito a diez años con CX merecerá que le quiten un buen pellizco. Yo no dejaría ni una libreta, por mucho que insinúen que serían más propensos a aceptar el arbitraje si es un cliente.
Espero también que no intenten engañar poniendo en el mismo paquete la aceptación de la oferta de compra de acciones por parte del FGD y el depósito que pueda ofrecer CX. Por favor, que la gente sepa diferenciar que son dos cosas que no tienen nada que ver y no se deje engañar de nuevo.
Hola, una cosa, ahora la mayoria los que tenemos subordinada con vencimiento recuperamos el 77% y pico.
Mi pregunta es si a la hora de poner en marcha una demanda, hablamos sobre el resto, o sería sobre el 100%?
Lo digo, porque antes si denunciaba y ganaba el banco se comía ese porcentaje y si ganaba yo se lo comía en honorarios mi abogado, pero si se trata la denuncia sobre el 22% ya no da tanta pereza solicitar un abogado. Pero sobretodo si se puede denunciar, ya que al firmar no se sabe si se renuncia. También me interesaría saber si se puede ir a arbitraje los de más de 10.000 o no vale la pena, en mi caso me dieron en ese año y pico que me secuestraron el dinero unos 6000 de intereses, pero si hubiese que devolverlos no se si vale la pena meterse en ello.
gracias y saludos
A V I S O
NOS LLAMAN PORQUE :
1 ESTAN OBLIGADOS A ELLO PARA COMUNICARNOS EL CANJE POR ACCIONES
2 INFORMARNOS DE LAS QUITAS
3 SOLICITAR LA VENTA,SI QUEREMOS , DE LAS ACCIONES
4 LO MAS IMPORTANTE PARA ELLOS,PUES LO ANTERIOR YA VA RODADO,
COLOCARNOS su SuperDeposito a 10 AÑOS,CON VENTAJAS FISCALES,
INTERESES POR ADELANTADO etc, QUE CONSIGUE QUE RECUPERES TU QUTA
P E R O E S A D I E Z A Ñ O S !,!!!!!!!!!!
El concepto me parece bien, pero no el texto. Eso de "mis acciones de CX" no me gusta. No son tus acciones si consideras que el contrato es nulo desde el principio, y por lo tanto el canje obligado por acciones también es nulo. Yo pondría un texto mucho más sencillo o inocuo: "El señor tal, de CX, me impide estudiar en mi domicilio o asesorarme fuera de la entidad con respecto a la documentación que me invita a firmar. Fecha y firma"