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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#3225

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Perdón por mi error entre Caixabank y CX, en el caso de NCG también los afectados o muchos de ellos que han pedido arbitraje se preguntan que criterios sigue la entidad para ofrecer recuperaciones de su dinero a los clientes, al final un número importante de afectados ha solicitado el mencionado arbitraje y ya se han celebrado cientos de esos arbitrajes con laudos positivos en los que NCG acepta devolver, pero sigue la incognita de cuantos de los solicitantes serán finalmente llamados y por qué unos si y otros no con la consiguiente rumorología de agravios que te puedes imaginar(que si fulanito de tal le devolvieron todo porque tenía no se que cargo y yo sigo sin saber si me llamarán etc). En todo caso, la propia entidad prevé que no debieran ser mucho más de un 15% de los preferentistas susceptibles de recibir una oferta de reembolso de sus títulos una vez descontados los intereses percibidos, pero como te digo el proceso de arbitrajes aún está en marcha y, además, justo en medio de una campaña electoral.

#3226

Re: Juicio-arbitraje

Por partes como Jack el Destripador;

No se va a incrementar la dotación en recursos humanos del Departamento Jurídico porque no esperan que sean demasiados los casos que tengan solucionar por arbitraje ( de ahí que haya que ser proactivos) porque se trata de una experiencia piloto y porque no va a haber nada que negociar; acataremos lo que decida el arbitraje aún sabiendo que lo normal es que sea devolución del 100% de la pasta porque el contrato no es válido.

Se trata de evitar juicios; si no te han entregado la documentación antes es porque o bien nunca la tuvimos o bien la hemos perdido.

Sin la firma del cliente en el folleto de la CNMV el cliente nunca fue informado de las advertencias que la misma hacía sobre la emisión, se le ocultó entonces información que era relevante para decidir contratar y todo lo de+ q el cliente haya firmado no vale de nada. Conozco casos de oficinas en que no se enteraron de la existencia de este documento hasta el último día de su comercialización así que habrá much@s afectad@s en ese supuesto.

ERE va a haber sí o sí pero dudo que haya afectad@s diapuest@s a ir a juicio.

Creo que a la red ( a la oficina, su zona y su territorial) le gustaría más presentar casos de bajo importe... A la caja no tanto pero a ellos sí por aquello de hacer creer que son anecdóticos dentro del importe comercializado.

#3228

Re: Más de lo mismo ...

Desde luego, las noticias económicas que llegan por todas partes cada vez son peores. ¿Sabe alguien qué significa eso de intercambio de pérdidas?:
http://www.eleconomista.es/economia/noticias/4281098/09/12/Egan-Jones-rebaja-la-calificacion-de-Espana-hasta-CC-desde-CC.html
"La agencia de calificación apunta que Cataluña, Valencia y otras CCAA probablemente necesitarán 20.000 millones de euros en ayuda mientras que afirma que los tenedores de deuda de los bancos débiles se verán obligados a asumir pérdidas, y podría haber también algún intercambio de pérdidas entre todos los bancos."
Saludos

#3229

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Puedes demandar por lo civil en cualquier momento (ni siquiera hace falta escribir al SAC). No tienes que esperar a nada. Simplemente, creo que la CNMV pide que primero se agote el trámite del SAC para después reclamarles a ellos, pero un juzgado no requiere nada de eso (puedes ir al juzgado sin ni siquiera haber hablado con el director de la sucursal). Si durante la tramitación del procedimiento, que va a ser larga, llega una respuesta de la CNMV a tu favor, puedes aportar eso como una prueba más.

#3230

Re: Juicio-arbitraje

En referencia a tu post 3226, dices que "sin la firma del cliente en el folleto de la CNMV el cliente nunca fue informado de las advertencias que la misma hacía sobre la emisión..."
En mi caso, cuando mi padre contrató ésto, ni folleto-tríptico, ni por supuesto MIDIF, pues hablamos del 2005 y, a más a más, le entregaron el contrato en el 2009.
Los afectados con emisiones anteriores al 2008 y contratadas antes del 2008, ¿entrarán en el arbitraje o ni eso?.

#3232

Re: La sartén

Hola Candida,

al menos en el caso de NovacaixaGalicia con el tema del arbitraje lo que están haciendo es que, a pesar de que dan la razón al demandante, como se supone que lo que tiene es un depósito a plazo fijo dessde el inicio calculan el % de interés normal para cada año que ha transcurrido y lo comparan con el % de interés que les pagaron por las preferentes, la diferencia la descuentan del importe a devolver.
Creo que en el foro hay gente que lo puede corroborar o exponer que estoy equivocado

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