Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Hola, Buenas (...por decir algo...) tardes a tod@s,
Hay una cosa que no me queda clara: ¿cuando se habla de: "sin incluir en estas cifras los intereses ya percibidos por estos títulos", ¿Quiere decir qué, además del % de quita correspondiente, se descontarán los interesae abonados?, porque entonces se supone que la parte contraria tendría que abonar, al menos, el Interés Legal del Dinero por los años que ha estado el dinero "retenido" en estos productos, ¿no?. Si alguien puede dar algo de luz que encienda el interruptor...