Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya
Hola, me gustaria contestarte sobre el tema del arbitraje: es cierto que cada parte debe aceptar el someterse o no a la decisión de un tercero que resulta ser un arbitro, sin embargo los arbitrajes sobre estos temas de preferentes son de derecho, no de equidad (existen ambos) y ¿que signfica? que para resolver el caso y dictar el laudo se están a lo dispuesto en los contratos, por lo que si ustedes, tenedores de participaciones preferentes, leen detenidamente lo que exponen los contratos de ordenes de compra de deuda o preferentes, verán que en muchos casos, establece que: son perpetuos o tienen larga fecha de vencimiento, así como el mercado organizado en el cotizan, el orden de prelacion en caso de liquidacion de la entidad, y que sus rendibilidades trimestrales supuestamente prometidas, van en función de los beneficios del emisor, es decir, que obviamente quien dicta el laudo si se rige por lo establecido en los arbitrajes de derecho, dictará laudos desfavorables para la gran mayoria. vean, a fecha de hoy, tan solo han salido publicados 12 laudos favorables. pues que quieren que les diga? la realidad es una, y es que tan solo la justicia puede revocar el consentimiento de estos contratos entrando a valorar la situación real de cada uno además de los precedentes que existen en estos temas de preferentes. Asimismo, el pasar el filtro llevado a cabo por la auditoria externa que contrata catalunya caixa, no implica necesariamente la resolución favorable, pues no siempre ha sido así. sinceramente, y a la vista de todo esto, apuesto por la justicia y por la defensa de letrado cualificado y con conocimientos en el area financiera. yo llevo temas de preferentes, y ccontratos bancarios comercializados con mala praxis, y desde luego, que por un modico precio, apuesto por la garantia que te proporciona el tener a tu abogado desde el principio hasta el final por la lucha de tu dinero. al final, somos profesionales pero siendo practicos, mi interés en ganar el pleito es el mismo que el de mi cliente, pues si el no cobra y recupera su dinero, yo no gano nada. (tan solo la tramitación de la demanda, que bien merecido esta en fucnión del importe a reclamar) esta claro que todo trabajo tiene su remuneración, y mucho mas si el trabajo es bueno.
gracias.
saludos.