Amortización Anticipada: El Emisor podrá amortizar anticipadamente, con autorización previa del Banco de España, total o parcialmente, las Participaciones Preferentes Serie I/2009 emitidas, siempre que hayan transcurrido 5 años desde la Fecha de Emisión y Desembolso y coincidiendo con una Fecha de Pago de Remuneración, reembolsando a su titular el valor nominal de cada Participación Preferente más el cupón corrido devengado desde el último periodo.
No he encontrado nada de que tengan que avisar 1/2 meses antes.
Además, hace tiempo ya dije que a mediados 2014 vence el ultimo BS del b,sabadell. O sea que prácticamente coincide con la fecha que pueden amortizar anticipadamente las preferentes.
En la misma posibilidad de amortización están las pref. CAM, no?
De momento me las quedo. Como tu estoy cómodo con ellas