Acceder

Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

2,18K respuestas
Preferentes SOS Cuetara ES0130124003
1 suscriptores
Preferentes SOS Cuetara ES0130124003
Página
196 / 275
#1561

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Tenéis alguna információn sobre si han seguido recomprando preferentes?
Lo digo porque la acción parece que está subiendo en los últimos días, y no sé si es que se estará escapando algún tipo de información o es simplemente un calentón.

#1562

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Bueno, yo ya he enviado la reclamación a la CNMV. Si alguien más lo quiere hacer, dejo el texto que he enviado por si os puede ser de utilidad.

Esta en el Bar de
http://www.makibolsa.es

24-09-2012 - Reclamación a la CNMV contra SOS (ahora Deoleo)

Reclamación ante la CNMV como titular de Preferentes SOS (ISIN ES01301240039) del cobro de remuneración sobre los beneficios auditados de 1.079.000 millones de euros que obtuvo la entidad en el año 2.011.

Manresa a 24 de septiembre de 2.012.

Apreciados señores. Me dirijo a ustedes como titular de tres PARTICIPACIONES DE SOS CUÉTARA PREFERENTES, S.A.U. (ISIN ES01301240039).

Anteriormente, en fecha 10 de agosto del 2012, realice una reclamación formal ante el Emisor y recibí contestación el 23 de agosto del 2.012.

Se adjunta copia de documento acreditativo de mi reclamación y también copia de documento acreditativo de la respuesta de la Empresa, basada en un informe jurídico interno del emisor y en un informe externo preparado por Garrigues. El segundo nos consta que ya está en su poder.

La obligación de pago o no, tendría de quedar perfectamente definida en la Nota de Valores del folleto de emisión, que es el contrato entre emisor y inversor, y que fue aprobada por la CNMV en noviembre del 2006. No obstante, la lectura de dicha Nota de Valores, crea confusión y la redacción de la misma, lejos de ser rotunda y clara, no aclara ni cuándo ni cuanto se considera “suficiente” y en que supuestos ha de aplicarse el pago parcial.

El tema de controversia es la existencia de Beneficio Distribuible suficiente y en qué casos debe contemplarse el pago parcial. Si el espíritu del contrato hubiese sido la de privar al inversor del pago parcial, hubiese bastado que el folleto dijera claramente que si no se obtiene un beneficio para cubrir el 100 % de las obligaciones de pago, no se procedería al pago de ninguna remuneración, ni parcial ni total. Pero el folleto complica los términos hasta el punto que la misma empresa necesita un informe jurídico de ocho páginas y un informe de un experto independiente también de ocho páginas para justificar el no pago.

Incluso el emisor llega a reconocer en la página seis de su informe jurídico que la “redacción es confusa” cuando se refiere a los supuestos de percepción parcial.

Tras la lectura de la Nota de Valores, no queda ninguna duda en lo que podemos definir como “Beneficio Distribuible” pero en el folleto en ningún caso queda explicitado la “suficiencia” del mismo. (Ver apartado 4.7.1.1 de la Nota de Valores).

Para más confusión el folleto contempla la percepción parcial y la empresa alega que este supuesto se refiere exclusivamente al caso de un Emisor con varias emisiones, cosa que el folleto no pone en ninguna parte. E incluso el informe solicitado a Garrigues por parte del Emisor, termina sus conclusiones diciendo que “la Nota de Valores prevé el derecho de los titulares de las Participaciones Preferentes a percibir una Remuneración no Acumulativa parcial a prorrata hasta el límite del Beneficio Distribuible que deba tenerse en consideración en cada momento a estos efectos”. Eso sí, dicho informe, no especifica como los inversores podemos acceder a este “derecho” ni se atreve a definir, porque tras la lectura del Folleto no hay base jurídica para ello, en qué casos el titular de dichas Participaciones tiene derecho a la percepción parcial.

Por consiguiente, como inversor en dichas preferentes, reclamo mi derecho a la Remuneración no Acumulativa parcial. Tomando en cuenta que hay en circulación 1.312 Preferentes y que la empresa obtuvo en 2.011 un beneficio distribuible de 1.079.000 mill. de euros, a cada Preferente le tocaría cobrar 822 euros.

Por todo ello y atendiendo a la función de supervisión y protección de los inversores que tiene asignada la CNMV, requiero que los servicios jurídicos de la CNMV hagan lectura e interpretación neutral de lo expuesto en dicha la nota de valores y que sea la CNMV, que en su día aprobó el folleto, la que tenga la última palabra en interpretar si los preferentitas de Deoleo Preferentes, S.A.U. tenemos derecho o no a dicha remuneración parcial.

Lo que solicito en Manresa a 24 de septiembre de 2.012.

#1563

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

los preferentistas tienen derecho a cobrar la totalidad del cupón tanto en cuanto los beneficios "distribuibles" no necesariamente deben acogerse a 1,07 millones cuando la propia compañía provisionó el 97% del beneficio anual (está auditado) y era de 37 pero ante un posible deterioro de activos en función a los futuros flujos de caja se comió diluyó de un plumazo el posible cobro prorrateado, el incumplimiento de contrato entre emisor e inversor va más allá ya que el incumplimiento de sus claúsulas puede originar judicialmente la resolución total del mismo, es decir, que si la cnmv no dice no contesta o si dice deja un vacío una instancia superior judicial puede fallar a favor del demandante y obligar a la compañía a que devuelva el 100% de la inversión los 50000 por cupón a menos que efectúe el pago convenido babeando delante del juez así son las cosas en deoleo tarde y mal cuando acabe este año "disiparán" dudas y apuesto mi narizota a que provisionan mucho más y dan pérdidas....mientras que tengan a una auditora que lo firme...todo vale en matemáticas de parbulario verdad max power

#1564

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Era otra posibilidad, el cojer la vía judicial y decir que han escondido beneficios, pero era costosa y difícil de ganar.

En esta, la Cnmv ya pidió explicaciones a la empresa y ahora la Cnmv se tendría de definir.

#1565

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Bueno yo tambien he enviado la reclamacion a la CNMV,el mismo proceso de Alfred, primero a Deoleo y cuando estos contestaron a la CNMV. Pienso que se deberian animar mas gente, tendriamos mas peso.Saludos

#1566

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

¿Más provisiones por deterioro de activos? ¿En función a los futuros flujos de caja?.

Venga ya, Sr. Salazar,que eso es que no hay auditor que lo firme.

El deterioro de caja del 1er.semestre ha sido motivado por la no contabilización de
la producción de Moltuandujar, que pasó a ser joint-venture con Sovena desde Enero/12.

Esa ¿caida? de ingresos se compesarán en el 3er. trimestre por mayores ventas y en el
4º trimestre por el aumento de precios a nuestros clientes en torno al 35%.

Para 2.013 las ventas no deben bajar de 1.300 millones, aunque vendamos un 5% de aceite menos.

Por si no lo sabe, desde el 1º de Octubre, la botella de Carbonell suave 0,4º ha pasado
de costar 2,95€ a costar 3,99€ en todos los Hipermercados.

#1567

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

Sr Salazar? me compara usted eureka75 con un imputado o es que me atribuye usted eureka75 que soy el presunto culpable de innumerables tropelías e improperios que han acarreado tantos problemas a los accionistas y preferentitas de este foro? Fiasco donde los haya y fiasco bursatil el que tenemos delante para estudio por fasciculos de los que no hay que hacer en bolsa, sirvase usted mismo y no señale con el dedo que por querer ser el listo de la clase pasa lo que pasa y asi le ira

si lo que quieres es vivir del aceite vaya quitandole el polvo a las botellas de 3,99 que no son suaves, son virgen extra y de reojo mientras le quita el polvo mire el resto a ver si han variado en tanta cantidad calidad y precio y busque a san judas tadeo para pedir por un milagro en ventas, ingresos, flujos de caja y beneficios porque ni falcao le hace el milagro

#1568

Re: Preferentes SOS Cuetara ES0130124003

La foto le queda muy bien y le define perfectamente.

Se vé que esta Vd. RABIOSO con la empresa... ¿le han arruinado, amigo?. Pues ajo y agua.

Se toma Vd. demasiadas molestias en desprestigar a una gran empresa, sin tener acciones
ó intereses en ella.

¿Que intereses truculentos defiende VD. que le hacen "estudiarse" los balances y analizar
las TRAMPAS de sus actuales gestores (puestos por Ebro), para intentar convencernos de
que esta empresa "es una ruina"?

Si solo siente rencor por perdidas sufridas en el valor, lo siento por Vd., pero si tiene
intereses ocultos para torpedear al valor, ¡NO LO CONSEGUIRA!.

Te puede interesar...
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024
  1. Apúntate a la MESA DE EXPERTOS de RENTA 4 GESTORA 2024