Uff es un poco lioso, gracias Petersen por tus conocimientos y ayuda. A ver si lo entendí bién:
POngamos por ejemplo las preferentes KYG175471112, serie B.De cada participacion preferente ( valor nominal 1.000 euros) nos daran por un lado 300 euros en efectivo y 7 subordinadas 1. Los 300 euros obligatoriamente se deberan reinvertir comprando 3 obligaciones convertibles/ canjeables ( de valor 100 cada una)y devengaran un 6,5% nominal. El resto (1000-300=700) se canjearan por 7 subordinadas( valor nominal 100)con vencimiento a 10 años y devengaran un 4,06 TAE.
De los 300 euros que se reinvertiran en convertibles/canjeables se deberan canjear en acciones si el 30 junio 2012 no han sido convertidas o canjeadas en acciones se deberan convertir o canjear un 50%.El otro 50% si no se hayan convertido con anterioridad al 30 junio del 2013 también serán necesariamente cnvertidas en esa fecha.
Resumiendo de 1000 eruos 300 euros se reinvertiran en convertibles canjeables en acciones, mientras no las canjeemos cobraremos un interes del 6,5% nominal, (pero obligatoriamente deberemos convertir un 50% como maximo el junio del 2012 y el otro 50% el junio del 2013)los otros 700 euros se convertiran en subordinadas 1 con vencimiento a 10 años y un interes de 4,06 TAE.
algo asi petersen?