Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Asambleas informaticas de ADICAE la próxima semana en diferentes ciudades
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Asambleas informativas de ADICAE la próxima semana en diferentes ciudades
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En mi oficina me han aconsejado que si no hago el canje mis ahorrillos se quedan perpetuos, no tendré opción. Como los podré recuperar si son perpétuos?
Con el canje, al menos el 70% de los ahorrillos en 10 años los voy ha recuperar.
Alguien me puede facilitar una plantilla de reclamación para el Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas.
Y pensar que no invertí en un solar para hacerme una casita por no quedarme sin ahorrillos pues a la vuelta de la esquina se asomaban tiempos difíciles? Ahora no tengo ni solar ni ahorrillos.
Eso no es presunto, es real, ¿cuántos ancianos de más de 70 años vivirán hasta los 80? y no te digo los que tienen más de 80 ó 90 años.
A una señora de 90 años, será un caso entre muchos, se las endosaron en junio de 2011.¿qué le dirán cuando le ofrezcan el canje, que el 70% de sus ahorros los recuperará cuando cumpla los 100 años?
ve a tu banco y pidele el contrato de las obligaciones subordinadas si te lo lees , te das cuenta de que te estan engañando la entidad se reserva todo el derecho a decidir si te da intereses y si cogeras algun dia tu dinero, antes de hacer el canje ve a un asesor financiero y que te asesore y sobre todo reclamacion al Banco de España
Hola Guerrillera ! Me podrias decir en que documento aparece que La Caixa se reserva el derecho a decidir si te da intereses en las subordinadas? en las obligatoriamente canjeables ya he visto en la "Nota de Valores" ( tremendo tocho indescifrable )muchos condicionantes para recibir los intereses de las mismas .De las subordinadas a lo mejor se me ha escapado.....
Las obligaciones tienen caracter subordinado y se sitúan en orden de prelación detrás de todos los acreedores comunes del emisor , hay un apartado en el contrato que se llama riesgo de mercado y como se negocia en el mercado SEND las obligaciones pueden evolucionar favorable o desfavorablemente de manera que el inversor que quiera vender susu obligaciones podría sufrir perdidas. En el apartado riesgo de liquidez se dice " los contratos de liquidez no garantizan por si solos el desarrollo de un mercado secundario liquido sobre las obligaciones lo que puede dificultar su venta". En el apartado liquidez el contrato de liquidez que se hablo anteriormente que se a suscrito con otras entidades bancarias establece que solo se ofrece liquidez en el mercado SEND a los titulares de obligaciones hasta un máximo de un 10 % del valor nominal. Las obligaciones subordinadas solo garantizan la devolución en la fecha del vencimiento quedando estos derechos subordinados al de otros acreedores comunes del emisor. En conclusión son demasiados condicionantes en un escenario de crisis económica como para tener garantizados los pagos a los vencimientos y la liquidación de las remuneraciones. Todo es papel mojado.
Entiendo yo que si a partir del 9 de febrero se abren los mercados para la deuda subordinada, me imagino que al haber realizado el canje ,se podran vender aunque sean perdiendo un 30 por ciento como estan diciendo, es asi o no??y se podra obtener ya liquedez??
En que follon nos han metido los caraduras estos,no se pueden definir con calificativos,,