No lo es ......... la MiFID delimita como profesional a:
Clientes profesionales (inversores institucionales y grandes empresas, entendiendo por tales las que tengan un balance de 20 millones de euros, un volumen de negocio de 40 millones, y fondos propios de 2 millones) no sé si con solo cumplir 2 de las 3 es suficiente, por tanto la calificación es la que es, siendo irrelevante si eres un gurú de la bolsa, ahora bien un "minorista" puede contratar perfectamente un producto complejo, si se le hacen las advertencias adecuadas y las acepta, no hay problema. El asunto es que alegar "error de consentimiento" que es la figura legal que se invoca en estos casos, o al menos en los casos de swaps así es, si uno es un avezado inversor, pues como que no cuela en muchos casos.
Ahora bien si uno tiene una cartera de valores como yo, que invierto ahí, cobro los dividendos, acudo a las ampliaciones, y como mucho haré tres o cuatro operaciones al año, pues como que "avezado" inversor, pues tampoco cuela, probablemente carecerá de relevancia, si por el contrario estoy cada día con compras, ventas mercados de futuros, warrants, etc. pues no va a ser lo mismo, por simple sentido común ¿podría ganar en este caso? creo que si, pero se ma iba a complicar la declaración ante el juez, para ganar (creo) tendría que tener algo mas que declaraciones de si me dijeron, pero yo no dije, me prometieron aunque no consta ...... vamos que si los documentos fueran todos perfectos, mis posibilidades iban a caer en picado, no creo que alegar desconocimiento me sirviese de mucho, repito con toda la documentación en regla, otra cosa es que falten la mitad de los requisitos, ya no es lo mismo.